Derecho
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
E.S.D.
JOSE EFREN BERRIO HENANDE Z, Abogado en ejercicio, mayor y vecino de este municipio, identificado comoaparece al pie de mi correspondiente firma, obrando como apoderado de la señora, FANNY MARGARITA REYES SOTO igualmente mayor y vecina de este municipio, de acuerdo con el poder que adjunto,comedidamente me permito formular ante su Despacho Acción Popular contra el señor Alcalde local del municipio de Engativa y el señor GUSTAVO LANCHEROS OVALLE, también mayor y vecino de este municipio para que,previo el trámite legal pertinente, proceda su Despacho a efectuar las declaraciones que solicitare en la parte petitoria de esta demanda, teniendo en cuenta los hechos que me permito narrar acontinuación.
HECHOS
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PRIMERO. En el año 1995 el señor GUSTAVO LANCHEROS OVALLE, construyó sin autorización un garaje en su residencia del Barrio Tisquesusa, ubicada en la Transversal 75C No. 84 - 46.Desde entonces el señor GUSTAVO LANCHEROS OVALLE, convirtió la zona verde y la zona peatonal en zona vehicular pues la única forma en que puede ingresar su carro al garaje de su residencia esatravesando la zona verde en forma diagonal y subiéndose al andén.
El señor GUSTAVO LANCHEROS OVALLE también pavimentó el área verde que había entre los dos andenes, ocasionando perjuicios con las aguasnegras, destruyendo la zona verde del frente de la casa de la demandante que cuando llueve se convierte en un barrial.
SEGUNDO. Desde hace más de cinco años la actora ha recabado infructuosamente dela Alcaldía y de la Personería Local de Engativá la protección de la zona verde y de la zona peatonal en
Controversia. Adjunta copia de la queja que dirigió al doctor Rafael Quintero Cubides,
asesorde la Alcaldía, radicada bajo el No. 8062 el 18 de diciembre de 1995; de la queja No. 361 que el 20 de marzo de 1996 radicó en la Personería, Localidad de Engativa y de la No.573 que el 28 de mayo...
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