Derecho
CONSIDERANDOS
El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 36, 37 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, los artículos 12, 28, 30, 33, 38, 39, 60, 163, 165, 167, 168 y demás relativos de la Ley Electoral delEstado de San Luis Potosí se establecen las facultades, términos, requisitos y procedimientos para que los Partidos Políticos establezcan convenios de Candidatura Común para la postulación y participación de Candidatos en la celebración del proceso electoral en el Estado de San Luis Potosí.
Para todos los efectos legales a que haya lugar los Partidos Políticos que presentan y firman el presenteconvenio deciden postular Candidatos en Candidatura Común para participar y postular Candidatos comunes en el proceso electoral en el Estado de San Luis Potosí para la elección de Ayuntamientos el próximo primero de julio del año en curso; para lo cual se expresan las siguientes:
DECLARACIONES
El Partido Revolucionario Institucional, manifiesta a través de su representante que es un PartidoPolítico Nacional, en pleno uso y goce de sus derechos y obligaciones de conformidad con el artículo 41, base I, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación con el artículo 38, fracciones I, II, III, IV, V y VI de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, con registro estatal, según se acredita con la certificación expedida por el LicenciadoRafael Rentería Armendáriz en su carácter de Secretario de Actas del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de San Luis Potosí, la cual se adjunta al presente Convenio de Candidatura Común como anexo numero 1.
Que el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, cuenta con domicilio para recibir todo tipo de notificaciones y documentos en laAvenida Luis Donaldo Colosio número 335, Colonia ISSSTE, en la ciudad de San Luis Potosí.
Que su dirigencia estatal está integrada, entre otros órganos, por un Consejo Político Estatal y un Comité Directivo Estatal, cuyo Presidente es el licenciado Fernando Pérez Espinosa quien ostenta la representación y personalidad jurídica del citado instituto político en términos por lo dispuesto por losartículos 86 fracción XIII, 120, 121 y 122 de sus Estatutos, según consta en la certificación expedida por el Secretario de Actas del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de San Luis Potosí, Licenciado Rafael Rentería Armendáriz misma que se adjunta al presente Convenio de Candidatura Común como anexo numero 2.
Que ante la Comisión Política Permanente del Consejo PolíticoEstatal, reunida en sesión extraordinaria celebrada el día 31 del mes de marzo de dos mil doce, el Presidente del Comité Directivo Estatal, licenciado Fernando Pérez Espinosa, y para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley Electoral del Estado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, 9 y 119 fracciones XXV y XXXIII de los Estatutos del Partido Revolucionario...
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