Derecho
La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley. El producto o valor deltrabajo o industria lícitos, así como las producciones del ingenio o del talento de cualquier persona, son propiedad suya, y se rigen por las leyes relativas a la propiedad en general y las especialessobre estas materias. Nadie puede ser obligado a ceder su propiedad, ni a permitir que otros hagan uso de ella, sino por causa de utilidad pública o social, mediante juicio contradictorio e indemnizaciónprevia. Las reglas relativas a la expropiación por causa de utilidad pública o social se determinan por leyes especiales. EL propietario de una cosa tiene el derecho de reivindicarla de cualquierposeedor o detentador, salvo las excepciones establecidas por las leyes. Si el poseedor o detentador después de la demanda judicial ha dejado de poseer la cosa por hecho propio, está obligado arecobrarla a su costa por cuenta del demandante; y, si así no lo hiciere, a pagar su valor, sin perjuicio de la opción que tiene el demandante para intentar su acción contra el nuevo poseedor o detentador.Forma de adquirir la propiedad
La propiedad se adquiere por la ocupación. La propiedad y demás derechos se adquieren y transmiten por la Ley, por sucesión, por efecto de loscontratos. Pueden también adquirirse por medio de la prescripción.
Las sucesiones que se defieren por la Ley o por testamento. No hay lugar a la sucesión Intestada sino cuando en todo o en partefalta la sucesión testamentaria.
La ocupación
Las cosas que no son de la propiedad de nadie, pero que pueden llegar a serlo de alguien, se adquieren por la ocupación; talesson los animales que son objeto de la caza o de la pesca, el tesoro y las cosas muebles abandonadas.
El ejercicio de la caza y de la pesca se reglamentará por leyes especiales. No se...
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