derecho

Páginas: 15 (3586 palabras) Publicado: 30 de octubre de 2014
REUNIÓN NORMATIVA LABORALDefinición.Es una de la formas de celebrar una convención colectiva. Se convoca o reconoce entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios sindicatos de patronos, con la finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio en una misma rama de actividad, con alcance local, regional o nacional, del sector público o del sector privado y siempre conintervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita: trabajadores-autoridad administrativa-patronos.Solicitud de convocatoria. Requisitos y personas que pueden realizar dicha solicitud.La solicitud para realizar la convocatoria es hecha por uno o varios sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, o uno o varios patronos o sindicatos de patronos; ante elMinisterio del ramo, para negociar y suscribir una convención colectiva de trabajo, y que esta genere efectos para determinada rama de actividad. La solicitud deberá:a) Expresar claramente y con precisión la rama de actividad de que se trate y el alcance local, regional o nacional que pretenda darse a la convención;b) Determinar, cuando la formulen organizaciones sindicales de trabajadores, lospatronos requeridos a negociar, y acompañarla de la nómina de los trabajadores que presten servicio a esos patronos y estén afiliados a las organizaciones sindicales solicitantes;c) Determinar, cuando la formule uno o varios patronos, el o los sindicatos de trabajadores requeridos a negociar colectivamente e ir acompañada de la nómina de los trabajadores al servicio de los patronos interesados; yd)Acompañar el pliego de peticiones que servirá de base a las discusiones de la Reunión Normativa Laboral.Condiciones que deben ser verificadas para hacer la convocatoria.El Ministerio del ramo convocará la Reunión Normativa Laboral al verificar que se cumplen las condiciones siguientes:a) Que el patrono o patronos, sindicato o asociación de patronos, a juicio del Ministerio, represente la mayoría enla rama de actividad de que se trate en escala local, regional o nacional, y que los trabajadores que presten sus servicios a esos patronos constituyan la mayoría de los que trabajen en dicha rama de actividad; yb) Que las organizaciones sindicales de trabajadores representen, a juicio del Ministerio, la mayoría de los trabajadores sindicalizados en la rama de actividad de que se trate, en escalalocal, regional o nacional, y que éstos presten sus servicios al patrono o patronos requeridos a negociar colectivamente.Convocatoria de una Reunión Normativa Laboral para uniformar las condiciones de trabajo en esa rama de actividadCuando en una rama de actividad existan convenciones colectivas vigentes que afecten a la mayoría de los patronos y a la mayoría de los trabajadores de la rama deactividad de que se trate, el Ministerio convocará, de oficio o a petición de parte, una Reunión Normativa Laboral con el objeto de uniformar en grupos de acuerdo con sus características comunes: capital de la sociedad, número de trabajadores, ubicación geográfica, entre otras, tomando también en cuenta las condiciones de trabajo fijadas por las convenciones colectivas vigentes.Manera de hacer laconvocatoria. Contenido de la ResoluciónEl Ministerio del ramo podrá solicitar, a los patronos y a los trabajadores, los datos e informaciones que se estimen necesarias, a fin de verificar las condiciones para la convocatoria, y deberá hacer la convocatoria de la Reunión o negarla por auto razonado por considerar que no se cumplen los requisitos legales. Dicha convocatoria se hará mediante unaResolución que se publicará en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela y en diarios de amplia circulación, para dentro del plazo improrrogable de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha de la publicación en la Gaceta. La Resolución contendrá:a) Día y hora en que se instalará la Reunión Normativa Laboral y sede de la misma;b) Nómina de los convocados y de los solicitantes;c)...
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