Derecho
Carácter abusivo de cláusulas-tipo de contratos bancarios relativos a préstamos y créditos, depósitos en cuenta corriente y a tarjetasde crédito y débito
Supuesto de hecho La Organización de Consumidores y Usuarios interpone demanda de juicio verbal en ejercicio de la acción de cesación de cláusulas abusivas de contratos bancariosfrente a varias entidades bancarias y Cajas de Ahorro. El TS declara la nulidad por abusivas de algunas cláusulas muy utilizadas en los contratos bancarios referidos a préstamos y créditos, depósitosen cuenta corriente y a tarjetas de crédito y débito. También ratifica la validez de otras cláusulas declarada en la instancia.
Criterio o ratio decidendi El TS considera válidas las cláusulas que selimitan a señalar que el importe de la realización de la hipoteca se aplicará también al pago de las costas hasta la suma asegurada; las que expresan que la certificación de la entidad se consideracomo prueba suficiente de la cantidad reclamada por no alterar las normas sobre carga de la prueba y no obstar a la impugnación por el cliente de la cantidad expresada en la certificación; lacláusula-tipo que expresa que el Banco permanecerá ajeno a las incidencias y responsabilidades que pueden derivarse de la operación realizada entre el establecimiento y el titular de la tarjeta de crédito, ytambién algunas sobre compensación de posiciones acreedoras y deudoras de los clientes. En cambio se declaran nulas y abusivas las cláusulas siguientes:
Cláusula-tipo que expresa que las cuentas ydepósitos de efectivo o valores que el titular tenga o pueda tener en el Banco en las que figure como titular único o indistinto, quedan afectas al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato,pudiendo el Banco compensar y garantizar entre sí dichas cuentas y depósitos.
Cláusula-tipo que exonera de responsabilidad a la entidad, en todo caso, por el uso de la tarjeta de crédito o débito...
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