derecho
Las controversias internacionales se conciben -según señala la doctrina sobre la base del criterio jurisprudencial sentado en el asunto Mavrommatis, como aquellos desacuerdos que se producen entre sujetos internacionales sobre puntos de hecho o de derecho, de forma que se traducen en una oposición de sus respectivos intereses y tesis jurídicas.
Ahora bien, producida la controversia, lossujetos de la misma pueden optar discrecionalmente por vías de solución de carácter político o jurídico, aunque excluyan en cualquier caso a diferencia de lo que ocurría en el Derecho Internacional clásico, la guerra como ratio final y sujeten su comportamiento durante el proceso de arreglo a dos criterios básicos: la obligación de procurar de buena fe la solución del desacuerdo y la libertad deelección de medios para llegar al arreglo.
Así, la prohibición del uso o amenaza de la fuerza se encuentra recogida explícitamente en el artículo 2.3 de la Carta de las Naciones Unidas, en cuanto dispone que los miembros de la organización de las Naciones Unidas arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos, de tal modo que no se ponga en peligro ni la paz y seguridadinternacionales ni la justicia.
Por otra parte, la resolución 2.625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de fecha de octubre 24 de 1970, establecía que el arreglo de controversias internacionales se basaría en la igualdad soberana de los Estados y se hará conforme al principio de la libre elección de medios. El recurso a un procedimiento de arreglo aceptado libremente por los Estados, ola aceptación de tal procedimiento, con respecto a las controversias existentes o futuras en que sean partes, no se considerará incompatible con la igualdad soberana.
En cualquier caso, las partes en una controversia señala el artículo 33.1 de la Carta de las Naciones Unidas, cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales tratarán debuscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales su otros medios pacíficos de su elección.
La nota fundamental de los vigentes mecanismos políticos o jurídicos de arreglo de controversias reside, pues, en su voluntariedad, en tanto que el Derecho Internacionalcontemporáneo no establece jurisdicción obligatoria alguna aunque la supresión formal de la guerra como instrumento final de la política nacional así lo aconseje, semejante perspectiva abocaría a la crisis de un sistema internacional basado en la desigualdad y en el consenso, y la soberanía e independencia estatales conllevan la libertad de elección de los medios de solución bien sean denaturaleza política o jurídica.
A) Medios políticos o no jurisdiccionales de solución de controversias: estos modos de arreglo son, pues, consecuencia directa de la discrecionalidad soberana de los diferentes Estados internacionales y plasman, por tanto al igual que las vías de solución judicial, la absoluta vigencia del principio de libre elección de medios de resolución de controversias.
Los rasgoscomunes de dichos modos políticos negociaciones diplomáticas, buenos oficios, mediación, investigación de los hechos y conciliación, una vez elegido, per se o con ayuda de un tercero, el mecanismo concreto de arreglo por las partes, son que los sujetos de la controversia, en uso de su soberanía, conservan su autonomía respecto a la eventual solución final; que de conseguirse el acuerdo, éstetiene carácter obligatorio para aquéllas, y que el mismo no tiene que basarse necesariamente en el Derecho Internacional. Por otra parte, aquellas modalidades carecen de rango alguno entre sí y no tienen otra prelación que la que las propias partes deseen otorgarles.
Sus notas diferenciadas vienen dadas por los sujetos promotores de acuerdo, pues en tanto que en las negociaciones diplomáticas se...
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