derecho
Cuadro Tema: Homicidio.
LAS ATENUANTES EN EL HOMICIDIO SERAN ( ART. 221)
Consentido: En el que una persona ha otorgado su consentimiento para ser privada de la vida.
Riña: Es lacontienda de obra entre dos o más personas que pretenden dañarse mutuamente.
El Duelo:
Atañe a la pendencia cuyo desarrollo esta sujeto a reglas previamente establecidas sobre el lugar, DIA y horade contienda, armamento que ha de utilizarse en el momento en que debe cesar la reyerta, y todo aquello que consideren esenciados interesados o sus comisionados para acordar el evento. (Art. 218.)Cuando el homicidio se cometa en riña inesperada, se impondrá al provocado una sanción comprendida de la mitad del mínimo y la mitad del máximo de la aplicable al autor de homicidio simple intencional.(Art. 217.)
Al provocador las dos terceras partes a quienes cometan homicidio en duelo o en riña previamente concentrado. (Art. 217.)
Agravantes
Circunstancias modificativas de laresponsabilidad criminal que aumentan la pena correspondiente al delito. Estas circunstancias, a juicio de la doctrina (MUÑOZ CONDE) agravan la pena porque: 1) al ejecutar el delito se ha incrementado lagravedad del hecho punible o su resultado (alevosía, ensañamiento, etc.), o 2) conllevan una mayor desaprobación de su autor (reincidencia, premeditación). Existen circunstancias agravantes comunes a todoslosdelitos o particulares en cada hecho punible. Existe una circunstancia mixta de parentesco que agrava o disminuye laresponsabilidad, según la naturaleza, los motivos y los efectos del delito, sero haber sido el agraviado cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente,descendiente o hermano por naturalezao adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente.
CP, arts. 22,23 en la redacción dada por Ley Orgánica 11/2003, de 29 septiembre.
Reincidencia.
Además de la alevosía, son circunstancias que agravan...
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