Derecho
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA. DE LA CIUDAD DE GUATEMALA.
JACKELINE JEANETHE HERNANDEZ MONTERROSO, de treinta años de edad, casada, guatemalteca, operaria de este domicilio, con residencia en lote cuarenta y siete apartamento A. Aldea Concepción Pínula Municipio de San José Pínula del Departamento de Guatemala y se identifica con el DocumentoPersonal de Identificación numero un mil seiscientos quince espacio setenta y ocho mil cincuenta y cinco espacio cero ciento uno (1,615 78,055 0101), emitido por el Registro Nacional de las Personas de la Republica de Guatemala y EDGAR GIOVANI MORALES HERNANDEZ, de veintiocho años de edad, casado, guatemalteco, albañil, de este domicilio, con residencia en la quinta Avenida Final Zona un Sector SanMarino, San José Pínula municipio del Departamento de Guatemala y se Identifica con cedula de vecindad numero de orden A guion uno y de Registro numero treinta y dos mil novecientos ochenta y seis (32,986), extendida por el Alcalde Municipal de San José Pínula Municipio del Departamento de Guatemala, respetuosamente comparecemos y
EXPONEMOS
Actuamos bajo la dirección de los Abogados LUISFRANCISCO MENDOZA GUTIERREZ Y EDWIN ARTURO PACHECO BARCO, y la procuración del Bachiller ELDER ALFONZO HERNANDEZ INTERIANO pasante del Bufete Popular de la Universidad de San Carlos de Guatemala, señalamos como lugar para recibir notificaciones, la sede del Bufete popular de la Universidad de San Carlos de Guatemala ubicado en La avenida trece guion treinta y nueve zona uno de esta ciudad. Ante ustedrespetuosamente comparecemos a solicitar en la Vía voluntaria DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMENTO, con base en los siguientes:
HECHOS
1. Contrajimos matrimonio civil en la Alcaldía Municipal del Municipio de San José Pínula, Departamento de Guatemala, el día cuatro de junio de dos mil cuatro, circunstancia que acreditamos con la certificación de la partida de matrimonio, numero doscientoscincuenta y cuatro (254), del libro treinta y dos, (32) de Matrimonios Municipales, extendida por el Registro Nacional de las personas de la Republica de Guatemala, la cual acompañamos.
2. Durante nuestro Matrimonio procreamos tres hijas que responden los nombres de: KIMBERLY YOHANA, JACKELINE NOHEMY Y MARILYN JEANETHE, de apellidos MORALES HERNANDEZ, de once, diez, y siete años de edadrespectivamente, lo que acreditamos con las Certificaciones de la Partidas de Nacimiento, numero setecientos ochenta y uno, cuatrocientos treinta y siete, doscientos y tres, ochenta y seis noventa y tres, (437,225,290), y de libros ochenta y tres, ochenta y seis, noventa y tres (83,86,93), de Nacimientos respectivamente, extendidas por el Registro Nacional de las Personas, las que adjuntamos a la presente.Durante nuestra vida conyugal no adquirimos ni aportamos bienes, por lo que existe patrimonio conyugal que liquidar.
3. Por estar separados desde un años y seis meses en forma voluntaria, hemos decidido ponerle fin a nuestro vinculo conyugal; pues nuestro matrimonio no lleno las expectativas para las cuales fue instruido. En ese sentido sometemos a sus consideración el siguiente:
CONVENIO DEBASE DE DIVORCIO:
a. La cónyuge mujer renuncia expresamente a al pensión alimenticia que pudiere corresponderle, por contar con fondos propios para su subsistencia
b. No se hace ninguna declaración en cuanto a los bienes por haberlos adquiridos ni aportado durante el matrimonio.
c. Las menores hijas KIMBERLY JOHANA, JACKELYN NOHEMY, Y MARILYN JEANETHE; de apellidos MORALESHERNANDEZ, procreadas durante el matrimonio, quedan bajo la guarda y cuidado de su señor padre EDGAR GIOVANI MORALES HERNANDEZ, pudiendo la madre relacionarse con las mismas en forma libre una vez esta situación no perjudique sus horarios de estudio.
d. No se hace declaración alguna en cuanto a la fijación de pensión alimenticia a favor de las hijas habidas dentro del matrimonio KIMBERLY HOHANA,...
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