Derecho
San Ramón
Carrera: Derecho
Profesor: Lic. Carlos Gonzales Mora
Alumna: Yeralyn Chavarría Montero
Trabajo de Investigación sobre el tema
“Usucapión Ordinaria Agraria y
Especial agraria”
Introducción
La usucapión como figura que viene desde el Derecho Romano, es de
suma relevancia en la actualidad, ya queda la posibilidad de poder adquirir la
propiedad contra registro; sin embargo, esta posibilidad, hoy en día, es objeto
de gran manipulación por la jurisprudencia costarricense, lo cual la ha hecho
prácticamente una forma clausurada.
Se trataran los diferentes modos de adquisición de la propiedad, como hechos jurídicos que la ley reconoce a un sujeto y le otorgan un derecho; pero conespecial relevancia, analizando la figura de la usucapión,
Se analizará el instituto de la usucapión como tal, así como la usucapión
ordinaria y especial en donde cada una tiene sus principios y diferente manera de adquirir el derecho de posesión mediante usucapión agraria.
Usucapión o prescripción positiva: es un modo para la adquisición del dominio u otro derecho real posible, por el cumplimientode las condiciones que fija la ley; por ello, se dice que por la usucapión un “estado de hecho” que si se prolonga en el tiempo, se convierte en un “estado de derecho”, también llamada prescripción adquisitiva o positiva es un modo de adquirir la propiedad de un bien. La prescripción adquisitiva compete a aquella persona que medianteel transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley ha poseído un bien inmueble, se ejerce contra quien aparezca como propietario de esos bienes en el Registro Público de la Propiedad, con el fin de que se declare que se ha consumado y que ha adquirido por prescripción la propiedad del inmueble reclamado.
Derecho de posesión mediante usucapión agraria
El derecho deposesión, puede adquirirse independientemente de la propiedad, siempre y cuando se reúnan las condiciones que exige el Código Civil (Artículo 279 del Código Civil): posesión pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, y por mas de un año. Tal posesión debe ser ejercida a título de dueño, y mediante el ejercicio de actos posesorios agrarios, estables y efectivos, tendientes a cultivar ymejorar el bien. Cuando se consolida ese derecho de posesión, el poseedor puede llegar hasta a adquirir el inmueble por usucapión agraria, siempre y cuando el titular registral, es decir, el propietario agrario, que tiene derecho a gozar de los atributos dominicales, no interrumpa ese ejercicio, mediante las acciones protectoras de la propiedad o de la posesión.
Incluso, la Ley autoriza, en el casode la posesión precaria de tierras, la usucapión contra tábulas, es decir, contra título inscrito en el registro público de la propiedad, cuando el poseedor,por necesidad suya y de su familia, cultiva un bien ajeno, para
satisfacer las necesidades alimentarias familiares (artículo 92)
En el primer caso, el reconocimiento de un derecho de posesión a favor del poseedor, produciría efectospositivos, a fin de que el poseedor, eventualmente, pueda liquidar su estado posesorio y reclamar las mejoras que de buena fe introdujo en el inmueble ajeno. Sin embargo, hasta que no haya consolidado su derecho mediante la usucapión agraria, tienen un título débil, un ius possidendi (derecho posesorio), no oponible frente al título registral del propietario (artículo 319 CC).
Por ese motivo encualquier momento el titular registral puede reclamar, por las diferentes vías que le otorga el orden jurídico esa posesión.
En el segundo caso, si el poseedor califica como poseedor en precario, el ordenamiento jurídico le otorga mayor protección al ocupante, pues el Instituto de Desarrollo Agrario, como ente encargado de resolver los problemas de tierras, está facultado para intervenir en la...
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