Derecho
CASO Noseleperm unsindicadodebidam : ite ente identificad el planteam o ientodem iosdedefensay ed solicitudesal Juezcontralorpornoestarligad a o proceso.
Lossujetosquetienenaccesoal procesopenal: Conform al artículo14dela CPRG el ofendido, el M el e , P, im putado, losabogadosy m andatariosdesignadosporlos interesados, tienenel derechodeconocerenform inma ediatay sinreservatodoloqueconsteenel procesoparapoderhacer laspeticionesrespectivas, salvolasreservasestablecidasenley y declaradaspor Juezcom petente. Encuantoa losdem ás sujetosquepuedenintervenirenel PP(querellanteadhesivo, actorcivil, tercerocivilm dem ente andado), tendránaccesoal expedientea partirdequelosoliciteny el Juezcontralor otorguesuintervención.
Efectosdel autodeprocesaiento:i)ligara la m personaal procesopenal com unposible, o, responsableo participeenel hechojusticiable; ii) confirm losderechosestablecidosenlaCPR y en a G lasnorm ordinarias, deloscualesgozadesdeel as m m enqueseinicióel procesopenal por m o ento edio decualquieradelosactosintroductorios; iii) sujetarlo a lasobligacionesquesegenerendesuposible responsabilidadpenal y civil.
D tom ebearseen cuentaquesi bien todapersona tiene los derechosde prom overlosm ediosdedefensadesdeelm entoenelqueselesindica, om debecom prenderseque loestablecidoenel artículo 322, inciso2), de la ley adjetiva penal, se refiere a la oportunidad que tiene el procesado de ejercer su defensa respecto a la plataform fáctica y calificación jurídica a provisional queel Juezde la causaefectuóenel autopor víadelcual lo ligóaproceso.
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D esde el m ento en que se presenta un acto introductorio en el que se om establezcaunsujeto identificado, éste tienederechoaconocer de todo loque obre en el proceso sobre él y plantear los m os de defensa que estim edi e pertinentes, sinnecesidadquesehayadictadoautodeprocesamiento, puesto queconloselem entosquepuedeaportar el im putadopodrádem ostrarqueno existenmotivosracionalesparacreerquelocom ó yasíelenteencargadode eti lapersecuciónpenal dirigir sus investigacioneshacia otrosaspectos ysujetos, form ulando respecto a sus investigaciones las peticiones pertinentes al juez contralor.
Enesesentidosepronunciaron losexpedientes:
3929-2010(01-3-1 1) 2056-2010(27-1-1 1) 4501-2010(16-3-1 1)
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CASO Serechazóunm deim : edio pugnaciónal serpresentad fueradela jornad laboral del Organizo o a Judicial ó por considerarseextem oráneoal com p putar el plazoa partirdelanotificacióndelaresolución originaria
Se determino que constituye un rigorism indebido por parte de la o autoridadim pugnadaal rechazarel recursodeim pugnaciónal inobservar lo regulado en las literales a), e) y f) del artículo 45 de la Ley del O sm rgani oJudicial, normativa, estaúltim quees aplicable al m ento a, om deasumir unadecisiónsobre laadmsibilidaddeun recursoconform i eel principioproactioneycuyaobservancia noesdiscrecionalsinoobligatoria enestetipodeprocesos,enatenciónnosolo alosfinesqueconéstosse pretende alcanzar, sino adem a la doctrina legal em ás, anada por este Tribunal que privilegia la observancia de este principio en procesos penales.
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El recursofuepresentadoenunJuzgadodePazdeTurno, es quedichoórganojurisdiccional seencontrabahabilitadopara realizaractuacionesfueradel horariolaboral del Organism o Judicial y dela CorteSuprem deJusticiay deasistenciaa los a dem órgano jurisdiccionales, especialm lasconcernientes ás s ente a la m ateriapenal, encum ientodela ininterrupcióndel plim accesoa la justiciay delosplazos,enlosprocesospenales, hechoporel cual al razon la autoridadim ar pugn el rechazo ada porextem ráneodel recurso, es violatorioal derechode po recurrir, a la tutelajudicial efectiva, a la libertaddeacción, com o al debidoproceso .
Enm ateriajudicial, procedesuotorgam ientocuandoconun rigorism indebido, unaautoridadjurisdiccional aplicauna o norm procesal a uncasoconcreto, generandoprivacióna una a...
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