Derecho
Roberto Gargarella1 Introducción En este trabajo, quisiera reflexionar sobre la difícil cuestión acerca de cómo actuar, desde el derecho, frente a la comisión de violaciones masivas de derechos humanos, 2 teniendo en cuenta la notable evolución que ha caracterizado al derecho internacional de los derechos humanos en losúltimos años.3 Para ello, partiré en mi análisis de tres casos paradigmáticos en la materia. El primero de ellos, el caso “Pinochet,” disparó una serie de cruciales interrogantes acerca de la posibilidad de que un tribunal de otro país juzgara a un criminal (en este caso, el ex dictador chileno Augusto Pinochet) por las ofensas que éste hubiera cometido en el suyo. Los otros dos –los casos “BarriosAltos” y “Simón”- resultan, en cierto modo, derivados del primero, así como uno del otro. “Barrios Altos” se refiere a una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), frente a una masacre cometida en Perú, y promovida desde el Estado, durante el gobierno de Fujimori; mientras que “Simón” es una decisión de la Corte Suprema de la Argentina, que en parte es tributaria de las dosdecisiones anteriores, y que declara la invalidez de las leyes de impunidad dictadas en la Argentina, a favor de los militares más comprometidos en la violación de derechos humanos, durante el período 1976-1982. Estas decisiones, según entiendo, nos permiten tener un buen panorama sobre las principales discusiones actuales en materia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Aquí, meinteresará desafiar y discutir muchos de los presupuestos y soluciones que son propias de tales casos. Para el desarrollo de mi análisis, partiré de una perspectiva “comunicativa” del derecho penal (Feinberg 1965, Hampton 1984, Duff 2001), inscripta en el marco más general de una concepción deliberativa de la democracia (Habermas 1996, Nino 1996b). Frente a los teóricos que han abrazado un enfoque“comunicativo” del derecho penal, destinado a pensar el proceso penal, propondré un marco teórico más abarcador, que nos permite examinar críticamente, también, las normas penales que quedan bajo análisis dentro de ese proceso penal, y el contexto y la dinámica institucionales dentro del cual ese proceso penal se inscribe. Tres Casos i) El caso Pinochet.
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Gracias a Leonardo Filippini y a JuanBertomeu por sus siempre generosos y agudos comentarios. En lo que sigue, y en la medida en que pueda, concentraré mi atención en el análisis de situaciones de violaciones masivas de derechos humanos provocadas a través del uso del aparato coercitivo estatal (una idea que podemos reconocer más o menos acabadamente, desde el sentido común), dejando de lado la definición más técnica de “delitos de lesahumanidad” con la que a veces se describen aquellas violaciones masivas. Realizo esta distinción para tratar de dejar entre paréntesis, por ahora, las complicaciones que vienen aparejadas a partir de la utilización de aquella definición más técnica. 3 Asumo, por tanto, que este tipo de crímenes masivos plantean para el derecho penal problemas muy especiales: ellos pueden requerir el juzgamiento deun número muy alto de personas, normalmente con poder político y poder de influencia; lo anterior puede implicar también riesgos para la estabilidad democrática de la comunidad -que entonces, y según algunos, puede sentirse obligada a escoger entre “justicia” o “estabilidad política-” que involucran el análisis de temas sobre los cuales la sociedad puede estar gravemente dividida, y cuyotratamiento puede reabrir heridas demasiado dolorosas en mucha gente; etc.
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El 4 de julio de 1996, la Unión de Fiscales Progresistas de España (UPF) inició una demanda contra los ex miembros de la Junta de Gobierno militar chilena, apoyándose en disposiciones del propio derecho español que permiten iniciar acciones contra cualquier gobierno extranjero responsable de genocidio o torturas.4 La...
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