Derecho
La más decisiva prueba de que el Estado venezolano no viola el derecho de buscar, recibir y difundir información, consta en las decisiones de la propia Corte Interamericana de losDerechos humanos emitidas el día 28 de enero de 2009 en los dos casos relativos a los medios planteados ante ella.
La primera sentencia, relativa al caso Radio Caracas Televisión (RCTV), declara que:“No ha sido establecido que el Estado haya violado el derecho a buscar, recibir y difundir información, en los términos del artículo 13.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por las razonesseñaladas en los párrafos 335 a 394 de la presente Sentencia”.
La segunda sentencia, relativa al caso GLOBOVISIÓN, declara en forma terminante que: “No ha sido establecido que el Estado haya violadoel derecho a buscar, recibir y difundir información, en los términos del artículo 13.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por las razones señaladas en los párrafos 366 a 369 de lapresente Sentencia”.
En cuanto a la afirmación de que este complejo y creciente sistema de medios difunde informaciones y sobre todo opiniones con la más absoluta libertad, no hay mejor prueba que unaantología del contenido reciente de algunas de las más importantes y difundidas publicaciones del país. Radios y televisoras replican y amplifican los mismos contenidos.
Para verificar el imperio dela más absoluta libertad de expresión basta dar un somero vistazo a la prensa mas reciente. En su edición del 7 de febrero de 2012, El Nacional muestra en primera página una cerrada concentración detitulares tendientes a desacreditar a la administración. Así, a tres columnas antetitula “Gobierno niega intención de sabotaje” para luego titular “El PSUV prohíbe a sus militantes votar en...
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