Alguien es capaz cuando es apto, cuando puede realizar alguna cosa, hacerse titular de un derecho o adquirir una obligación. En los dos últimos casos nosestamos refiriendo a la capacidad de derecho, en el primer caso, a la de hecho. Para tener capacidad de derecho, o sea, ser sujeto normativo, y que la normasprevistas en el sistema jurídico le sean aplicables, hay que ser reconocido como persona. Las personas pueden ser: 1. Físicas, que son aquellas de existenciavisible, únicas e irrepetibles, identificadas por un nombre y a quienes, además, el ordenamiento legal les atribuye un domicilio y un estado civil, o puedenser 2. Personas morales o jurídicas, que son una creación legal que reconoce en un ente abstracto integrado por personas (corporaciones) o en patrimoniosdestinados a fines altruistas (fundaciones) la posibilidad de ser centros de imputación legal.
Podemos entonces decir que tanto las personas físicas y lasjurídicas tienen capacidad de derecho, pues se les reconocen derechos y están obligadas jurídicamente. Nunca entonces puede hablarse en la actualidad, en nuestracultura occidental, de incapaces absolutos de derecho, aunque sí de incapacidad de derecho relativa, que puede ser en cuanto a su función, como el caso delos tutores con respecto a negociar sobre los bienes de los pupilos.
En la actualidad todos los hombres y mujeres desde su concepción hasta su fallecimientoposeen capacidad de derecho (si no los pueden ejercer por razones de hecho se les nombra tutor o curador, siendo incapaces de hecho pero no de derecho).
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