Derecho
CESION DE DERECHO
Es definida por el artículo 2029 del CÒDIGO CIVIL FEDERAL
“HABRA
CESION DE DERECHOS CUANDO ELACREEDOR
TRANSFIERE A OTRO LOS QUE TENGA CON SU DEUDOR”
Numeral 2030 establece que el acreedor
puede ceder su derecho a un tercero sin
consentimiento del deudorEJEMPL
HIPOTECA
O
LAURA
CEDENTE
LUIS
CECIONARIO
PANCHO
DEUDOR
Cesión de deudas.
La Cesión de deudas es la sustitución
de un deudor por otro en una relaciónjurídica. Contrario a la cesión de
derechos , lo que se cede es la deuda u
obligación del sujeto pasivo de la
relación jurídica a un tercer que pagara
por elal acreedor.
Para que haya sustitución de deudor es
necesario que el acreedor consienta el
cambio, de lo contrario no se podrá
ceder la deuda a un tercero y eldeudor
origina seguirá siéndolo.
El acreedor también consiente que en la sustitución de deudor
permite que el sustituto ejecute actos que debería ejecutar eldeudor
como pago de interés y pagos parciales siempre que lo haga a
nombre propio y no por cuenta del deudor original
El deudor sustituto
queda obligado enlos
términos en que lo
estaba el deudor
original.
También cuando se
declara nula la
sustitución del deudor la
antigua deuda renace
con todos sus
accesoriosSUBROGRACION
Es la sustitución de un deudor por el otro sin el
consentimiento del acreedor, por disposición de la
ley.
La subrogación se parece a la cesio dedeudas en
que es una sustitución de una deuda por otro.
La subrogación suberifica por mileno de ley y sin
necesidad de declaración alguna de los interesados.
Regístrate para leer el documento completo.