derecho
“El artículo 2095 nos ofrece una serie de factores de conexión alternativas que se aplican supletoriamente en un orden determinado. Se dispone el siguienteorden de alternativas:
1) La ley expresamente elegida por las partes.
2) Si no se ha realizado elección expresa la ley del lugar del cumplimiento de la obligación.
3) Si el lugar delcumplimiento no está expresamente determinado, o no resulta inequívocamente de la naturaleza de la obligación, se aplicará la ley del lugar de celebración”14. De tal manera que, elCódigo Civil establece como reglas para determinar la ley aplicable al contrato internacional, en primer lugar a la lex voluntatis y, supletoriamente, a la lex executionis y la lexcelebrationis.
El artículo 2095 del Código Civil, como se ha señalado, establece supletoriamente que la ley aplicable al contrato será la del lugar de ejecución del contrato, a falta demanifestación expresa o de las partes en fijarla. Ahora bien, cuando sean dos los lugares en que deba ejecutarse el contrato, será la ley de la obligación principal; y si no se puededeterminar cuál es la obligación principal, entonces se recurrirá a la ley del lugar de celebración del contrato. Por otro lado, si el lugar de ejecución del contrato no estáexpresamente estipulado por las partes o, no resulta inequívocamente de la naturaleza de la obligación, se recurrirá también a la ley del lugar de celebración del contrato
El Libro X delCódigo Civil peruano vigente –que trata sobre el Derecho Internacional Privado-, en su artículo 2095 establece que: “Las obligaciones contractuales se rigen por la ley expresamenteelegida por las partes y, en su defecto, por la ley del lugar de su cumplimiento.
Lista de todas las Rondas de Negociación durante del GATT con su agenda
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