Derecho
Para ello, se podria ordenar la ejecucion de una medida de seguridad que tenga como finalidad la curación y/o rehabilitacióndel consumidor de sustancias psicoactivas, esta argumentación la sostengo teniendo en cuenta la tesis de la doctora MARISOL SANTANA: ..”nadie más preparado y experto que el propio consumidor paraconocer la cantidad de droga de consumo y las posibilidades de llevar dosis personal y la sanción penal que comporta superar esa dosis personal por manera que independientemente de la condición de adiccióno no”.
En este caso, Yesid debe tener un amplio conocimiento de las consecuencias juridicas que con lleva el portar más de 20 gramos de sustancia psicoactiva, por su condición, a mi criterio no esexcluyente en basar la defenza en decir que es un “simple consumidor”, pues podria volverse repetitivo este comportamiento, sobre pasando asi las normas penales y los principios de nuestraconstitución.
Por tal razón, considero que antes de imponer una pena privativa de la libertad, debio realizarce un estudio a profundidad hacerca de sus arraigos sociales, familiares, personales y...
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