Derecho
La figura del patrón representa el otro elemento primario y fundamental de las relaciones laborales , que en atención al articulo 10 de la ley de la materia, patrone, es la persona física omoral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Los doctrinarios de la materia han acogido como correcta la definición que la ley nos expone encontrando algunos autores que solo selimitan a señalar que como sinónimo del termino patrón, también se le ha denominado a la persona que recibe los servicios del trabajador como empleador, patrono, empresario entre otros.
REPRESENTANTE DELPATRON
Al plantearse la prestación patronal en la relación laboral la podemos considerar como una necesidad del patrón, que aun sin importar la calidad jurídica de su persona, física o moral le esindispensable contar con determinadas personas individualmente considerados, que dotadas de un poder de mando delegado por el patrón, desempeñan funciones inherentes a lograr un mejor y adecuadodesarrollo de los servicios dentro de la empresa o establecimiento.
Al efecto señala el artículo 11 de la ley de la materia, los directores, administradores, gerentes, y demás personas que ejercen funcionesde de dirección o de administración de la empresa o establecimiento serán considerados representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.
En ese oden deideas, señala el maestro Alberto Briseña, representante del patrón, Es la persona física que por la función que desempeña en la empresa o establecimiento, obliga con sus actos a patrón; een lasrelaciones de trabjo.
INTERMEDIARIO
De conformidad a lo dispuesto por el art. De la ley de la materia , intermediario es: a persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras paraque presten servicios a un patrón.
La intermediación señalada en tal articulo en comento, es aquella que da origen a la relación del trabajo y consiste en que una persona física para que realicen un...
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