Derecho
Materia Práctica Forense de Derecho Privado
a) Lineamientos Generales.
b) Objetivo del Curso.
Leer los artículos 255 al 1000 del Código de procedimiento civil para el D.F.
I.- FORMALIDADES JUDICIALES.
Son requisitos que debe de contener todo escrito de demanda.
Se encuentran establecidos en el artículo 56 del CPCDF.FORMALIDADES:
1.- Se deben escribir en idioma español.
2.- Todo escrito debe contener firma.- En caso de que no pueda firmar:
a) Plasmar la huella digital.
b) Solicitar que otra persona firme a su nombre y a su ruego.
c) Señalar esa circunstancia.
¿QUÉ ES LA FIRMA JURIDICAMENTE?
Es el signo inequívoco de manifestación de voluntad del promovente, por lo tanto cualquier escrito,promoción o actuación judicial que no tenga firma con forme al criterio de la SCJN, deberá entenderse que es un mero anónimo.
La consecuencia procesal de no cumplir con la firma o bien colmar las formalidades cuando la persona no sabe firmar, la consecuencia procesal es que no se le dará entrada al escrito de demanda.10 de abril de 2010.
FORMALIDADES JUDICIALES: ART. 56 CPCDF.
a) Todo escrito debe ser dirigido en idioma español;
b) Todo escrito debe ir firmado;
c) Fechas y cantidades con letra;
d) No se permite abreviaturas;
e) Todo error en algún escrito no se borrara ni se raspará sino—se trazara con una línea en el error y al finaldel escrito salvarlo – en la práctica a esto se le conoce como “testarlo” Ejemplo: Juana. , y al final del escrito se salva con la leyenda la testado no vale, y es correcto Juan.
La fracción IV, del art. 56 CPCDF se refiere a que las actuaciones judiciales, un funcionario diverso al Juez tendrá que autorizar dichas actuaciones, en la práctica se le conoce como dar fe, es decir que fue eljuez y no otra persona la que emitió esa determinación.
f) Días y hora hábiles para las Actuaciones Judiciales.
Son días hábiles todos los días del año, tenemos que excluir por lo tanto sábados y domingos, así como esos días que las leyes marquen como festivos.
Art. 74 CPCDF.
Horas hábiles son las que medien de las 07:00 a 19:00 horas. Art. 64 CPCDF.
EXPOSICIONES II PARRAFO ART. 64 CPCDF.
a)En los juicios sobre alimentos;
b) Juicios de pedimentos de matrimonio;
c) Servidumbres legales;
d) Interdictos posesorios.
Diferencias domesticas y las demás que denominen las leyes.
Tratándose de estas materias no aplican los días y horas inhábiles.
Habilitación de días y horas hábiles.- Solo el juez puede acordar para atiazar.
OFICILAIA DE PARTES: EXISTEN 02.
1.- Oficialía de partecomún para todos los juzgados.
2.-Oficilia de partes común de un solo órgano.
TAREA PARA EL PROXIMO SÁBADO, realizar a mano en una hoja las Estructura del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Salas y Juzgados en esquema.
Aprenderse el Art.255 CPCDF.
El horario de los Juzgados y Salas de la Oficialía de Partes en el Tribunal Superior de Justicia es de lunes a jueves de 09 a15:00 horas y los viernes de 09:00 a 14:00 horas.
El Objeto de las Oficialías por cada Tribunal es:- Recibir todas las promociones o cursos o escritos dirigidos al juzgado o sala de que se trate.
Funcionamiento de Oficialía de Partes Común:
1.- Recibir escritos iniciales de demanda y turnarlos de forma aleatoria;
2.- Recibir escritos y promociones de término que se presenten después de lashoras de labores de los tribunales;
3.- El horario de Oficialía de partes común, es de 09:00 a 21.00 horas.
Oficialía de partes común civil o familiar, es la denominación que se le dará a la oficialía en esta materia.
17 de abril de 2010.
1.-La indicación de las partes;
2.-Tipo de juicio
3.-El número de expediente;
I RUBRO 4.-La...
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