Derechos Civiles
AUDIENCIA DE JUICIO: Luego de que se cierra la audiencia preliminar porque no fue posible la mediación entre las partes, no se pudo transar, no hubo convenimiento, no se promovió el arbitraje, el juez de SME ordena la contestación de la demanda (5 días hábiles), recibe la contestación de la demanda, agrega las pruebas y remite el expediente al juez de juicio.Artículo 150. Al quinto día hábil siguiente al recibo del expediente, el juez de juicio fijará, por auto expreso, el día y la hora para la celebración de la audiencia de juicio, dentro de un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contados a partir de dicha determinación. Siendo este un término legal, al 5to día hábil después de recibir el expediente el juez de juicio no tiene más opción quefijar la audiencia y esa audiencia se fija en un lapso que va de 1 a 30 días. En consecuencia una vez que el juez recibe el expediente, los litigantes deben estar muy atentos porque la audiencia puede ser para el día siguiente, como puede ser para cualquier día dentro de ese lapso. Este lapso es para el tribunal no para las partes
Porque es el tribunal el que dispone de los 30 días para fijar laaudiencia, una vez fijada la audiencia se hizo uso del lapso que le da el legislador al juez. El término establecido por el juez para la audiencia se empieza contar a partir del día hábil siguiente del día que me fijaron la audiencia.
Artículo 151. En el día y la hora fijados para la realización de la audiencia de juicio, deberán concurrir las partes o sus apoderados (debe decir y sus apoderadosporque en esta parte del proceso las partes no se pueden defender solas necesitan representación art. 4 de la ley de abogados), quienes expondrán oralmente los alegatos contenidos en la demanda y en su contestación, y no podrá ya admitirse la alegación de nuevos hechos. La audiencia de juicio es un acto formal, se requiere de las partes y sus apoderados. En la audiencia, el demandante y el demandadovan a exponer los hechos que fundamentan su demanda y los argumentos de la defensa sin exponer nuevos hechos, no podemos traer nuevos hechos al proceso en esa fase, solamente los hechos controvertidos que son aquellos que se negaron al momento de la contestación. Hay que llevar, aportar al proceso todos los elementos de convicción suficientes para que el juez pueda formar su convicción sobre losargumentos que estamos presentando.
Si no compareciere la parte demandante se entenderá que desiste de la acción (en el caso de la AP se hablaba de desistimiento del procedimiento, es decir la acción quedaba intacta podía reactivarse el proceso cuando pasaran los 3 meses; aquí hay una pérdida del derecho de acción, ya no se puede volver a demandar); en este caso, el juez de juicio dictará un autoen forma oral, reduciéndolo a un acta que se agregará al expediente. Contra esta decisión podrá el demandante apelar en ambos efectos por ante el Tribunal Superior del Trabajo competente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. La apelación es este caso puede fundamentarse en los mismo motivos que son aplicables a la audiencia preliminar, es decir, el caso fortuito o la fuerza mayor.
Sifuere el demandado quien no compareciere a la audiencia de juicio, se tendrá por confeso con relación a los hechos planteados por la parte demandante, en cuanto sea procedente en derecho la petición del demandante, sentenciando la causa en forma oral con base a dicha confesión; sentencia que será reducida en forma escrita, en la misma audiencia de juicio. El demandado podrá apelar la decisión enambos efectos, dentro del lapso de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la publicación del fallo. Cuando el demandado no comparece a la AJ la ley dice que se tendrá por confeso, pero la sala de casación en aras al debido proceso y a la defensa dice que hay presunción porque ya hay pruebas incorporadas. Según la sala no puede señalarse que hay una confesión ficta simplemente por la falta...
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