derechos de la mujer
Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 640 (VII), de 20 de diciembre de 1952
Entrada en vigor: 7 de juliode 1954
Las Partes Contratantes,
Deseando poner en práctica el principio de la igualdad de derechos de hombres y mujeres. Enunciando en la Carta de Naciones Unidas.
Reconociendo que todapersona tiene derecho a participar en el gobierno de su país directamente o por conducto de representantes libremente escogidos. Y a iguales oportunidades de ingreso en el servicio público de su país: ydeseando igualar la condición del hombre y de la mujer en el disfrute y ejercicio de los derechos políticos. Conforme a las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y de la Declaración Universalde Derechos Humanos.
Habiendo resuelto concertar una convención con tal objeto.
Convienen por la presente en las disposiciones siguientes:
Artículo 1
Las mujeres tendrán derecho a votar entodas las elecciones en igualdad de condiciones con los hombres. Sin discriminación alguna.
Artículo 2
Las mujeres serán elegibles para todos los organismos públicos electivos establecidos por lalegislación nacional. En condiciones de igualdad con los hombres. Sin discriminación alguna.
Artículo 3
Las mujeres tendrán derecho a ocupar cargos públicos y a ejercer todas las funciones públicasestablecidas por la legislación nacional. En igualdad de condiciones con los hombres. Sin discriminación alguna.
Artículo 4
1. La presente Convención quedará abierta a la firma de todos losEstados Miembros de las Naciones Unidas. Y de cualquier otro Estado al cual la Asamblea General haya dirigido una invitación al efecto.
2. La presente Convención será ratificada y los instrumentos deratificación serán depositados en la Secretaría General de las Naciones Unidas.
Artículo 5
1. La presente Convención quedará abierta a la adhesión de todos los Estados a que se refiere el párrafo I...
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