Derechos De Los Delegados De Prevención
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Los Delegados/as de Prevención tienen atribuidos una lista de derechos, y además, en las empresas con menos de 50 trabajadores/ as asumenlas funciones que la ley atribuye a los Comités de Seguridad y Salud (LPRL art. 36.1). |
Derechos que la ley otorga a los Delegados/as de Prevención: * Inspección: Visitar los lugares de trabajo ycomunicarse con los trabajadores/as para vigilar y controlar las condiciones de trabajo, así como acompañar a los técnicos de prevención y a los Inspectores de Trabajo en sus visitas a la empresa (LPRLart. 36.2.e y 36.2.a). Cuando concurran varias empresas en un mismo centro de trabajo, los delegados/as de prevención de la empresa titular podrán acompañar a los Inspectores de Trabajo así comorealizar visitas, comunicándose con los delegados de prevención de las otras empresas o en su defecto con los trabajadores, en los temas referidos a la coordinación empresarial (RD 171/2004, art.15.3). * Información: Recibir la información y documentación de que el empresario debe disponer obligatoriamente: plan de prevención, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva,resultados de los controles periódicos y estadísticas de la vigilancia de la salud de los trabajadores/as, relación de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que hayan causado una incapacidadlaboral superior a un día. Además, deben ser informados de la incorporación de trabajadores/as de empresas de trabajo temporal para extender a ellos su labor de protección y cuando se concierte uncontrato de prestación de obras o servicios entre empresas. En relación con el Servicio de Prevención tienen derecho a ser informados de la memoria y programación anual de sus actividades así como a losinformes de las auditorías. La Inspección de Trabajo debe informar también de sus actuaciones a los Delegados/as de Prevención y de los requerimientos formulados al empresario (LPRL, art.36.2.b,...
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