Derechos Del Librador

Páginas: 5 (1102 palabras) Publicado: 23 de septiembre de 2011
Los Derecho del librador
El librador o girador es aquel que emite el cheque. El librado, esto es, aquel a quien se le da la orden de pagar la suma de dinero consignada en el cheque, es un banco. El portador o beneficiario es aquel a cuyo nombre o a cuya orden se extiende el cheque. 

Confusión entre librador y librado o girado. Ocurre cuando un sujeto crea una letra de cambio para pagarla élmismo. Es conocida como girada a propio cargo.Confusión entre librador y beneficiario. Se da este fenómeno cuando la persona que crea la letra (librador) aparece también como sujeto beneficiario, debiéndola pagar un tercero (librado o girado).

6. Forma. (arts. 386 y 441).Nombre del título de que se trate.Fecha y lugar de creación.Orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero.Formade vencimiento. (Debe presentarse en un plazo de 1 año.)A la vista. Quiere decir que la letra se pagará en el momento en que la vea el librado o sea cuando se le presenta.A cierto tiempo vista. La letra se paga en el tiempo que se fije en la letra, contado a partir de al fecha en que la letra se vea y se acepte.A cierto tiempo fecha. Son aquellas en donde se establece que el vencimiento se da untiempo contado a partir de la fecha.A día fijo. En este modo de vencimiento, la letra dice la fecha exacta de cobro y pago.Lugar de cumplimiento de la obligación o ejercicio del derecho incorporado.Firma del librado.
El protesto
CONCEPTO:
El protesto es una figura propia de los Títulos Valores, que reviste trascendental importancia en razón de ser, generalmente, un requisito indispensable paraque el tenedor pueda ejercer las acciones cambiarias, las mismas que le permitirán hacerse cobro del importe contenido en el título.
En ese sentido el protesto es aquella diligencia notarial o judicial que tiene por finalidad dejar constancia fehaciente e indubitable de la falta de pago o aceptación del Titulo Valor, para lo cual deberá realizarse en la forma prevista y dentro de los plazosestablecidos por Ley; de lo contrario se perjudicaría el Titulo, es decir perjudicaría toda eficacia bancaria.

En consecuencia, el protesto en los Títulos Valores sujetos a dicha diligencia, constituye al tenedor una obligación ineludible previa al ejercicio de las acciones cambiarias. Tanto es así que inclusive la incapacidad o muerte de la persona que debe hacer la aceptación o pago del TituloValor, no libera al tenedor de dicha obligación.
A solicitud del tenedor del Titulo Valor, el protesto es efectuado por el fedatario (nombre genérico que designa tanto al Notario Público, que es la persona autorizada por Ley para ejecutar el protesto, como el Juez de Paz, que podrá hacer el protesto a falta del Notario Público, quien deberá dirigirlo contra el directamente obligado por el TituloValor, ya sea el girador o contra el aceptante según se trate de Títulos Valores no aceptados o no pagados respectivamente.
El protesto es el medio por el cual se acredita en forma autentica que el Título – Valor no ha sido pagado o, tratándose de la letra de cambio, que tampoco ha sido aceptada.
La Corte Suprema (Ejecutoria de fecha, 16 de enero de 1970, Rev. Jur. Per. 313, de febrero de 1970, pág.241), ha resuelto que la diligencia de protesto carece de eficacia, cuando no se cumplen los requisitos legales; y que de conformidad con el Art.408° del C.P.C, los documentos públicos o privados redactados en idioma extranjero, se presentarán acompañados de su traducción al castellano, no gozando los Notarios la facultad de traducir los titulos cambiarios al castellano.
El acto se llamaprotesto porque el tenedor hace la protesta de repetir todas las pérdidas, daños, gastos e intereses contra quien ha dado origen al mismo. La Ley lo ha regulado en la parte general que concierne a todos los titulos – valores, y además, específicamente en referencia a la letra de cambio, en el titulo X de la Sección Segunda. Se trata de un acto sujeto a formalidades especiales. Por su mérito se conserva...
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