DERECHOS HUMANOS INTANGIBLES
Artículos 236 Ord. 7°, 337, 338 y 339
Las garantías referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación yde tortura, el derecho al debido proceso y el derecho a la información y demás derechos humanos intangibles, no podrán ser suspendidas por el Estado en ningún caso. Sin embargo, la Presidencia de laRepública podrá declarar estados de excepción y limitar garantías constitucionales en caso de crisis políticas, conflictos sociales o económicos, o desastres naturales que pongan en peligro a la Nacióno a la ciudadanía. Esta suspensión de garantías se hará cumpliendo con las exigencias, principios y garantías establecidas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la ConvenciónAmericana sobre Derechos Humanos estableciendo además la creación de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, vigente desde agosto de 2001.
Del latín inalienabĭlis, inalienable es aquello que nose puede enajenar (es decir, que no se puede pasar o transmitir a alguien el dominio de algo). Lo inalienable, por lo tanto, no puede venderse o cederse de manera legal.
InalienableLos derechosinalienables son aquellos derechos fundamentales que no pueden ser legítimamente negados a una persona. Ningún gobierno o autoridad tiene competencia para negar este tipo de derechos, ya que forman partede la esencia de la persona. Los derechos humanos son derechos inalienables.
Este tipo de derechos, por otra parte, son irrenunciables. Ningún sujeto puede desprenderse de los derechos...
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