derechos humanos ley 23054
Ley 23054
Sanción: 01 de marzo de 1984
Promulgación: 19 de marzo de 1984
Publicación: B.O. 27 de marzo de 1984
Artículo 1. Apruébase la Convención Americana sobre Derechos Humanos llamada Pacto de San José de Costa Rica, firmada en la ciudad de San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, cuyo texto forma parte de la presente ley.
Artículo 2. Reconócese lacompetencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por tiempo indefinido, y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre todos los casos relativos de esta Convención, bajo condición de reciprocidad.
Artículo 3. Comuníquese, etc.
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CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
PREAMBULO
Los Estados Americanos signatarios de lapresente Convención;
Reafirmando su propósito de consolidar en este continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre;
Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributosde la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados Americanos;
Considerando que estos principios han sido consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en laDeclaración Universal de los Derechos Humanos que han sido reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales, tanto de ámbito universal como regional;
Reiterando que con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechoseconómicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos, y
Considerando que la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria (Buenos Aires, 1967), aprobó la incorporación a la propia Carta de la Organización de normas más amplias sobre derechos económicos, sociales y educacionales y resolvió que una convención interamericana sobre derechos humanos determinara laestructura, competencia y procedimiento de los órganos encargados de esa materia.
Han convenido en lo siguiente:
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PARTE I: Deberes de los Estados y Derechos Protegidos
CAPITULO I: Enumeración de Deberes
Artículo 1. Obligación de respetar los derechos
1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertadesreconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
2. Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano.
Artículo 2. Deber de adoptar disposiciones de derecho interno
Si el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1º no estuvieren ya garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados Partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otrocarácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.
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CAPITULO II: Derechos Civiles y Políticos
Artículo 3. Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica
Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 4. Derecho a la vida
1. Toda persona tiene derecho a que se respete su...
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