Derechos humanos
Conflictos Armados
Ente Rector
Artículo 133. El Ministerio del Poder Popular para la Defensa es el ente rector del Sector Defensa en materia de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario y establece la estructura organizativa y reglamentaria necesaria para la promoción, vigilancia y defensa de estos derechos, mediante laadopción de políticas y doctrinas.
Respeto al Derecho
Internacional Humanitario
Artículo 134. Los integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, deben conocer, respetar, cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales nacionales y los convenios, tratados y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por el Estado Venezolano, en materia de Derecho Internacional Humanitario.Respeto a los Derechos Humanos
Articulo 135. Los integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana deben conocer, respetar, cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales nacionales e internacionales relacionadas con los Derechos Humanos en tiempo de paz y en estado de excepción, actuando en el marco de los mismos.
Formación y Capacitación
Artículo 136. Los integrantes de laFuerza Armada Nacional Bolivariana deben estar formados y capacitados permanente en Derechos Humanos y en Derecho Internacional Humanitario, conforme al principio de progresividad contemplado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
*Concepto de muerte bajo custodia
Se llama de muerte bajo custodia aquella que ocurre en personas privadas de libertad y sobre la que se puedeaventar una situación de muerte violenta. Se espera que, al menos como cuestión de hecho, todas estas muertes tengan obligatoriamente una investigación criminal y se inicie con la competente necroscopia.
Dentro de este concepto deben ser incluidos:
1. Los que mueren durante la detención o en traspaso para instituciones carcelarias o por necesidad médica o procesal.
2. Los que mueren encomisarías y centros de custodia o en intentos de huida.
3. Los que mueren en establecimientos de recuperación de menores.
4. Los que mueren internos involuntariamente en establecimientos siquiátricos.
5. Los que moren en manicomios siquiátricos.
*Aplicación de castigos y abusos de autoridad
De los Delitos y de las Faltas Militares, las infracciones militares se dividen en delitos y faltas:
Es undelito militar toda acción u omisión que el Código de justicia militar tenga declarado como tal.
Falta militar es toda acción u omisión sujeta a una pena no mayor de noventa días de arresto. Las faltas militares serán enumeradas y castigadas en el Reglamento de Castigos Disciplinarios.
Hay delito frustrado cuando el agente ha hecho todo lo necesario para consumarlo, sin haber logrado su propósitopor causas independientes de su voluntad. Hay tentativa de delito cuando una persona comienza a ejecutarlo por medios apropiados y no ha realizado todo lo necesario a la consumación del mismo, por causas independientes de su voluntad. Cuando el agente desiste voluntariamente del acto delictuoso, sólo incurre en pena cuando los actos ejecutados constituyen delito o falta, salvo disposición expresaque los castigue.
Son responsables por los delitos y faltas militares:
1. Los autores o cooperadores inmediatos.
2. Los cómplices.
3. Los encubridores.
Son autores:
1. Los que directamente tomen parte en la ejecución del hecho.
2. Los que obligan o inducen a otro a ejecutarlo.
3. Los que cooperen en su ejecución por un acto sin el cual no se habría consumado el hecho.
Serán penados comocómplices:
1. Los que cooperen a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos sin hallarse comprendidos en el artículo anterior.
2. Los que faltando a sus deberes militares no trataren de impedir o conjurar por todos los medios a su alcance, la perpetración de la infracción, o todo aquel que no hubiere dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 170.
De las Penas
Las penas...
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