Derechos Humanos
EN DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO ________________________________________
Estatuto de la Corte Penal Internacional
Desde el final de la Segunda Guerra Mundial, las Naciones Unidas han examinado varias veces la idea de establecer un tribunal penal internacional permanente. En 1993 y 1994, instituyeron dos tribunales especiales para castigar las graves violacionesdel derecho internacional humanitario perpetradas en ex Yugoslavia y en Ruanda, respectivamente. En 1994 comenzó una serie de negociaciones para establecer una corte penal internacional permanente que tuviera competencia sobre los crímenes más graves para la comunidad internacional, independientemente del lugar en que se cometieran. Esas negociaciones culminaron con la aprobación, en julio de1998 en Roma, del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI) la culminación de varios años de esfuerzos-, que demuestra que la comunidad internacional está decidida a velar por que los autores de esos graves crímenes no queden sin castigo. Crímenes de la competencia de la Corte Crímenes de guerra Según el artículo 8 del Estatuto, la CPI tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra, queincluyen la mayor parte de las violaciones graves del derecho internacional humanitario mencionadas en los Convenios de Ginebra de 1949 y en sus Protocolos adicionales de 1977, cometidas tanto en conflictos armados internacionales como no internacionales. En el Estatuto se especifican varias infracciones como crímenes de guerra, como son: los actos de violación, esclavitud sexual, prostituciónforzada, embarazo forzado y cualquier otra forma de violencia sexual; la utilización de niños menores de 15 años para participar activamente en las hostilidades. En el Estatuto no se mencionan explícitamente algunas otras violaciones graves del derecho internacional humanitario, tales como el retraso injustificado en la repatriación de prisioneros y los ataques indiscriminados contra la poblacióncivil o sus bienes, que se definen como infracciones graves en el Protocolo adicional I de 1977. Pocas disposiciones se refieren a ciertas armas cuyo uso está prohibido en virtud de diversos tratados vigentes, y no se aplican a los conflictos armados no internacionales. Genocidio La CPI tendrá competencia para juzgar el crimen de genocidio, de conformidad con el artículo 6 del Estatuto, en el que sereiteran los términos utilizados en la Convención de 1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. Este crimen se define en el Estatuto como cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: matanza de miembros del grupo; lesión grave a la integridad física omental de los miembros del grupo; sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo; traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo. Crímenes de lesa humanidad La CPI también ejercerá competencia respecto de los crímenes de lesa humanidad. Según el artículo7 del Estatuto, estos crímenes comprenden cualquiera de los siguientes actos cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra cualquier población civil: asesinato; exterminio; esclavitud; deportación o traslado forzoso de población; encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; tortura;violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada y cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos,
raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al...
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