La ley de justicia para Adolescentes establece un sistema integral de justicia estableciendo la investigacin, procedimiento y mecanismos para determinar la responsabilidad de los adolescentes a quienes se les atribuye o compruebe la realizacin de una conducta antisocial cometida. A quien se aplica esta Ley A las personas que tengan entre 12 aos cumplidos y menos de 18 aos de edad. A laspersonas de entre 18 aos cumplidos y menos de 23 aos de edad, a quienes se atribuya o comprueben la realizacin de una conducta antisocial, cometida cuando eran adolescentes. Que ayuda te otorga el Instituto de la Defensora Pblica A ser asistido por un defensor especializado, en caso de no contar defensor particular, se te asignar un defensor pblico quien tendr las siguientes atribuciones Observar yvelar por el cumplimiento de la Ley Ejercer tu defensa legal cuando se te atribuya la realizacin de una conducta antisocial Procurar y solicitar la conciliacin Realizar todos los trmites necesarios en tiempo y conforme a derecho desde el inicio hasta la conclusin de tu asunto Tener una comunicacin constante contigo, con tu padre, tutor o quien ejerza la patria potestad o custodia parainformarles sobre tu situacin legal Observar que seas juzgado de manera justa, flexible, gil, oral y confidencial, para que recibas un trato humano, digno, respetuoso y justo En donde encuentro un defensor pblico especializado en Adolescentes En cada Agencia del Ministerio Pblico, Juzgado o Sala Especializada en Adolescentes, encontrars un defensor pblico especializado en Justicia para Adolescentes. LASACTUACIONES PRACTICADAS SIN UN DEFENSOR PBLICO O PRIVADO SERN NULAS (NO TIENEN VALIDZ.) El Gobierno del Estado de Mxico, a travs del Instituto de la Defensora Pblica tiene el firme compromiso de formar generaciones dentro de un ambiente de armona, respeto y solidaridad con sus semejantes, por ello a travs de sus servidores pblicos ha impartido plticas a los adolescentes en escuelas de educacinmedia y media superior tratando de concienciar a los estudiantes que forman el futuro de nuestro Estado, con temas relativos a adicciones, superacin personal y otros temas de inters social y dando a conocer la Ley de Adolescentes como medida preventiva para evitar conductas antisociales y as lograr una mejor sociedad, un mejor lugar para nuestros hijos que nos haga vivir con armona y paz. Si tienesalguna sugerencia sobre algn tema que quisieras se impartiera en tu institucin educativa, danoslo a conocer, nosotros con gusto atenderemos tu peticin. Maestro, autoridad, encargado de alguna institucin social o educativa, pblica o privada si es tu deseo que se imparta una pltica dirigida a adolescentes contctanos SEGUNDA PARTE DE DERECHOS DE LOS ADOLESENTES Derechos de Nias, Nios y AdolescentesMarco legal de los derechos de nias, nios y adolescentes Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos Artculo 1. Prrafo tercero. Queda prohibida toda discriminacin motivada por origen tnico o nacin, el gnero, la edad, la discapacidad, la condicin social o las condiciones de salud, la religin, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquiera otra que atente contra la dignidadhumana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Artculo 4. Los nios y las nias tienen derecho a la satisfaccin de sus necesidades de alimentacin, salud, educacin y sano esparcimiento para su desarrollo integral.Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveer lo necesario para propiciar el respeto a ladignidad de la la niez y el ejercicio pleno de sus derechos.El Estado otorgar facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niez Declaracin de Ginebra Sobre los Derechos del Nio 1924 Esta Declaracin fue bosquejada por Eglantyne Jebb y adoptada por la Internacional Save the Children Union, Gnova, el 23 de febrero de 1923 y respaldada por la Asamblea General de...
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