Derechos Humanos
Opinión - 22 abril, 2014 | 12:00 AM
Derechos humanos irrenunciables
En Derecho, es persona el sujeto apto para ser titular de derechos y deberes jurídicos. Todos los individuos de laespecie humana son personas, por lo tanto, susceptibles de esa titularidad. Este reconocimiento de la persona lo hacen todos los ordenamientos jurídicos atendiendo al atributo de la dignidad humana.Esto ha orientado una tendencia moderna en el Derecho de reconocer la igualdad entre las personas, equiparándolas ante la ley, con iguales derechos y condiciones jurídicas, sin discriminación alguna.Como el ser humano está dotado de dignidad, también se le atribuye una serie de derechos que le son inherentes. Es cuando la norma jurídica no puede estar ajena a esta dignidad humana, por lo queella se dicta para ajustarse a ese atributo de la dignidad. Es aquí cuando aparece la noción de derechos humanos. La concepción iusnaturalista sostiene que los derechos humanos corresponden al individuodesde su nacimiento y están integrados por todas aquellas garantías que necesita el ser humano para desarrollarse en la vida social como persona, dotado de racionalidad y sentido. Se requieren paradisfrutar de una vida digna. Esta postura afirma que los seres humanos son superiores y anteriores a la actuación del Estado. El criterio del positivismo jurídico, en cambio, afirma que los derechoshumanos son el producto de la acción normativa del Estado y sólo pueden ser reclamados cuando han sido consagrados en una norma. Una posición moderna ecléctica señala que todo ser humano, por el hechode serlo, tiene derechos frente al Estado, atributos inherentes a aquél por su dignidad, y el Estado tiene el deber no sólo de respetarlos y garantizarlos, sino de implementar políticas y acciones afin de satisfacer su plena realización. Este criterio es el que acoge la Constitución venezolana cuando en su Artículo 19 postula que el Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de...
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