Derechos irrenunciables
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El principio de irrenunciabilidad es uno de los principios vectores del derecho del trabajo. Vamos aexplicar en consiste este principio y cuando puede haber una excepción al mismo.
La ley establece que los derechos del trabajador son irrenunciables. A tal efecto, será nula y sin valor toda convenciónde partes que suprima o reduzca los derechos previstos en la legislación laboral, las convenciones colectivas o los contratos individuales.
La única excepción a este principio son los acuerdostransaccionales realizados frente a la autoridad judicial o administrativa, donde las partes hayan llegado a una justa composición de sus derechos y sólo se vean comprometidas expectativas y no derechos.Esto último significa que sólo se pueden renunciar a expectativas, tal como se explica en los siguientes ejemplos.
Ejemplo 1
Un trabajador sostiene que laboró 100 horas extras mientras que elempleador sostiene que acorde al reloj de fichada laboró sólo 30 horas suplementarias y, para evitar litigios, suscriben un acuerdo transaccional donde ambos exponen sus posturas y llegan al acuerdo deque el empleador abonará 50 horas extras. En este caso ambas partes renuncian recíprocamente a sus expectativas y no se violenta ningún derecho ya que no hay certeza respecto de a quien le asiste razóny a quién no.
Ejemplo 2
El empleador despide a un colaborador a quien le pagaba por debajo del sueldo de convenio y celebra un acuerdo transaccional donde dejan constancia de que el empleador pagala indemnización (liquidada en base al sueldo real), más una gratificación por los servicios prestados y el trabajador totalmente conforme no tiene más nada que exigir ni reclamar por lo que renunciaa toda forma de reclamación posterior respecto de las obligaciones directas y derivadas del vínculo laboral. En este caso se está comprometiendo un derecho y no una expectativa, la indemnización...
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