Derechos reales, tenencia

Páginas: 37 (9125 palabras) Publicado: 30 de mayo de 2011
Tenencia.
Concepto. Enumeración legal.
El art. 2352 define la tenencia. Pero dicha norma no es la única del Código que se ocupa de definirla, pues el art. 2461 también lo hace en los siguientes término: “Cuando alguno por sí o por otro se hallase en la posibilidad de ejercer actos de dominio sobre alguna cosa, pero sólo con la intención de poseer en nombre de otro, será también simpletenedor de la cosa”.
El art. 2461 comienza por referirse a la posibilidad de que alguno “por sí o por otro” tenga la cosa bajo su poder. Ello significa que se puede ser tenedor aun sin tener directamente el corpus cuando la cosa es tenida por intermedio de otra persona.
Lo que caracteriza al tenedor en su falta de animus domini, aspecto en el cual ponen el acento tanto el art. 2352 como el art 2461.El primero (2352) expresa que es tenedor quien tiene la cosa, pero reconociendo en otro la propiedad; el segundo (2461) reputa tenedor a quien tiene la cosa pero sólo con la intención de poseer en nombre de otro.
El art. 2462, en una enumeración que no es taxativa, señala en seis incisos los siguientes casos de tenencia:
1 - Los que poseyeren en nombre de otro, aunque con derecho personal atener la cosa, como el locatario, o comodatario;
Aquí se hace referencia a la tenencia interesada. El tenedor con derecho personal a tener la cosa tiene interés en ello, ya que puede usarla y gozarla en su provecho.

2 - Los que poseyeren en nombre de otro sin derecho a tener la cosa, como el depositario, el mandatario o cualquier representante;
Aquí se alude a la tenencia desinteresada,llamada así porque el tenedor no obtiene ventajas de la cosas, aunque pueda obtener otro beneficio.

3 - El que transmitió la propiedad de la cosa, y se constituyó poseedor a nombre del adquirente;
Este inciso se refiere al constituto possessorio.

4 - El que continuó en poseer la cosa después de haber cesado el derecho de poseerla, como el usufructuario, acabado el usufructo o el acreedoranticresista;
Una vez extinguido su derecho se convierte en tenedor, obligado a restituir la cosa al nudo propietario. Hay que tener en cuenta que si el usufructuario se resiste a reintegrar la cosa a su dueño, desconoce el derecho de éste y tal actitud se manifiesta por hechos exteriores, produce una interversión de título, en cuyo caso no es tenedor sino poseedor.

5 - El que continúa en poseerla cosa después de la sentencia que anulase su título, o que le negase el derecho de poseerla;
Quiera era poseedor y después deja de serlo para convertirse en tenedor y está obligado a restituir la cosa, en este caso en virtud de una sentencia que anula el título o niega el derecho de seguir poseyendo.
La calificación de tenedor o poseedor dependerá de la actitud que asuma quien poseía hasta quela sentencia anuló su título: si conserva la cosa para restituirla, será tenedor; si al contrario, a pesar de la sentencia, persiste en desconocer el derecho del propietario, será poseedor por haber intervertido el título. (Opinión de Kiper)

6 - El que continuase en poseer la cosa después de reconocer que la posesión o el derecho de poseerla pertenece a otro.
Aquí se trata de un caso enque una persona poseía la cosa y se convierte en tenedor, en esta hipótesis, en razón del reconocimiento del derecho ajeno.

Clasificación de la tenencia.
Nuestro Código distingue entre las coas que están fuera del comercio y las que están dentro de él (art. 2337 y 2338). El art. 2400 dispone que sólo pueden ser poseídas aquellas cosas que están en el comercio.
La doctrina clasifica a latenencia en “absoluta” y “relativa”.
Es absoluta cuando la cosa, por estar fuera del comercio, no puede ser poseída por ninguna persona. Se refiere a aquellas cosas que pertenecen al dominio público estatal, las cuales no pueden ser objeto de una posesión.
Es relativa cuando el tenedor reconoce la posesión de otra persona en la cosa que él detenta. Nuestro Código solo contempla la tenencia...
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