Derechos y obligaciones de los trabajadores y patronos
I.-CUMPLIR LAS DISPOSICIONES DE LAS NORMAS DE TRABAJO APLICABLES A SUS EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS;
II.- PAGAR A LOSTRABAJADORES LOS SALARIOS E INDEMNIZACIONES, DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS VIGENTES EN LA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO;
Con base al Capítulo Quinto, Artículo 61 del Código deTrabajo de Guatemala, además de lo contenido en otros artículos del Código, en los reglamentos y en las leyes de Previsión Social, se hace mención de lasprincipales obligaciones de los patronos:
Enviar dentro del improrrogable plazo de los dos primeros meses de cada año a la dependencia administrativa correspondiente del Ministerio de Trabajo yPrevisión Social, directamente o por medio de las autoridades de trabajo del lugar donde se encuentra la respectiva empresa, un informe impreso, que por lo menos debecontener estos datos:
Egresos totales que hayan tenido por concepto de salarios, bonificaciones y cualquier otra prestación económica durante el año anterior, con la debidaseparación de las salidas por jornadas ordinarias y extraordinarias.
Nombres y apellidos de sus trabajadores con expresión de la edad aproximada, nacionalidad, sexo, ocupación,número de días que haya trabajado cada uno y el salario que individualmente les haya correspondido durante dicho año.
Las autoridades administrativas del Ministerio de trabajoproporcionan toda clase de facilidades para cumplir la obligación, auxilia a los pequeños patronos o a los que carezcan de instrucción para llenar los formularioscorrectamente.
Preferir, en igualdad de circunstancias, a los guatemaltecos …
Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de maltrato de palabra o de obra.
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