Derechos
La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, es un estatuto mexicano publicado en el Diario Oficial de laFederación el 13 de marzo de 2003, durante la gestión del entonces presidente Vicente Fox Quesada y que dio lugar a la creación del Instituto Nacional de las Lenguas Indígenas.
Dicha ley es un elementojurídico que contempla el reconocimiento de los derechos tanto individuales, como colectivos de las personas y pueblos que poseen y practican, alguno de los 62 lenguajes indígenas como lengua materna. Ademásespecifica nociones como lo que debe comprenderse por lenguas indígenas y lenguas nacionales, las condiciones de aplicación del decreto, y los atributos, propósitos y funciones del Instituto Nacionalde las Lenguas Indígenas
ARTÍCULO 1. La presente Ley es de orden público e interés social, de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular el reconocimiento yprotección de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, así como la promoción del uso y desarrollo de las lenguas indígenas.
ARTÍCULO 2. Las lenguasindígenas son aquellas que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros pueblos indoamericanos,igualmente preexistentes que se han arraigado en el territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas decomunicación.
ARTÍCULO 3. Las lenguas indígenas son parte integrante del patrimonio cultural y lingüístico nacional. La pluralidad de lenguas indígenas es una de las principales expresiones de lacomposición pluricultural de la Nación Mexicana.
ARTÍCULO 4. Las lenguas indígenas que se reconozcan en los términos de la presente Ley y el español son lenguas nacionales por su origen...
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