Derecos autistas
(Tomado de la LEY 361 DE 1997 – LEY MARCO DE LA DISCAPACIDAD -)
En Salud:
• “Las personas con limitación deberán aparecer calificadas como tales en el carné de afiliado alSistema de Seguridad en Salud, ya sea el régimen contributivo o subsidiado”
• “Las Entidades Promotoras de Salud incluirán en su plan obligatorio de Salud las acciones encaminadas a la deteccióntemprana y la intervención oportuna de la limitación.”
• “Medidas de apoyo, diagnóstico de deficiencia, discapacidad y minusvalía y las acciones terapéuticas correspondientes realizadas porprofesionales especializados en el campo médico, de la enfermería y terapéutico.”
En Educación:
• “Nadie podrá ser discriminado por razón de su limitación, para acceder al servicio de educación ya seaen una entidad pública o privada y para cualquier nivel de formación.”
• “Todo centro educativo de cualquier nivel deberá contar con los medios y recursos que garanticen la atención educativaapropiada a las personas con limitaciones”
• “Estrategias de capacitación y actualización para docentes”
• “Metodología para el diseño y ejecución de programas educativos especiales de carácterindividual según el tipo de limitación, que garanticen el ambiente menos restrictivo para la formación integral de las personas con limitación. “
En Integración Laboral:
• “En ningún caso lalimitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va adesempeñar.”
• “Garantías para los empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación.”
• “Las personas con limitación que con base en certificación médica autorizada, no puedan gozar de unempleo competitivo y por lo tanto no puedan producir ingresos al menos equivalentes al salario mínimo legal vigente, tendrán derecho a ser beneficiario del Régimen Subsidiado de Seguridad Social,...
Regístrate para leer el documento completo.