Derogacion
En general se puede decir que tienen poder de derogar normas todos aquellos órganos que tienen poderpara promulgarlas. Por lo tanto, el poder legislativo puede promulgar y derogar normas con rango de ley, al igual que el poder ejecutivo puede promulgar y derogarnormas con rango reglamentario.
Sin embargo, también existe en algunos ordenamientos jurídicos la figura del legislador negativo, que consiste en un órgano quetiene la capacidad de derogar normas, pero no de promulgarlas. Sería el caso de un Tribunal Constitucional con respecto a aquellas leyes que entienda que vulneran laConstitución vigente en el país.
Tipos de derogación [editar]La derogación puede ser expresa o tácita.
Derogación expresa es aquella en la que una normaderogatoria cita de forma expresa aquellas normas que son derogadas por ella. De una mayor seguridad jurídica, aunque en ocasiones puede producirse algún olvido porparte del órgano que promulga la norma.
Derogación tácita es aquella en la que deroga, de forma tácita, a todas aquellas normas anteriores a esa y cuyo contenidosea contrario a la norma recién promulgada. Es una fórmula bastante utilizada y que lleva a la práctica legislativa el principio jurídico de lex posterior derogatanterior (la ley posterior deroga a la anterior).
Véase también [editar]Promulgación y publicación
Obtenido de "http://es.wikipedia.org/wiki/Derogaci%C3%B3n"
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