Derrogacion ley
• expresa: cuandouna nueva ley dispone explícitamente el cese de la ley anterior. ART 22: “Lo q no está dicho explícita o implícitamente en ningún artículo de este Código, no puede tener fuerza de ley en derecho civil,aunque anteriormente una disposición semejante hubiera estado en vigor, sea por una ley general o por una especial”
• Tácita : cuando resulta de la incompatibilidad existente entre la nueva ley y laanterior, q queda así derogada. Es necesario q la incompatibilidad de la anterior con esta sea absoluta
Ley especial y general : la ley especial deroga tácitamente a la ley general en cuanto a lamateria comprendida en el nuevo régimen y no en viceversa, salvo q aparezca clara la voluntad derogatoria o por el objeto o espíritu del nuevo ordenamiento.
Finalmente se ha decidido q la ley generalderoga a la anterior de igual carácter, aun con relación a las disposiciones secundarias de la ley antigua.
Caducidad de la ley : puede extinguirse la fuerza jurídica de una ley, por la constituciónde una costumbre contraria a ella (derogación de una norma legal por una norma consuetudinaria ulterior), o por haberse operado un cambio tan sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta por ellegislador q resulte absurda su aplicación (impuesta por los principios de interpretación jurídica)
Modo de contar los intervalos en derecho : todas las acciones humanas están encuadradas en eltiempo. Según el Art. 29 del CC. “las disposiciones de los artículos anteriores, serán aplicables a todos los plazos señalados por las leyes, por los jueces, o por las partes en los actos jurídicos, siempreq en las leyes o en esos actos no se disponga de otro modo”. El Art.23 del CC. dice:”los días, meses y años se contaran para todos los efectos legales, por le calendario gregoriano”
Plazos de días...
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