Desarrollo de liderazgo
Compilación Legislativa del Estado de Nuevo León Secretaría General de Gobierno, Coordinación deAsuntos Jurídicos y Normatividad Página 1 de 27
LEY DE PROFESIONES DEL ESTADO DE NUEVO LEON (Publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 25 de Julio de 1984) CONTENIDO: Pág. CAPITULO I.DISPOSICIONES GENERALES. CAPITULO II.DE LAS PROFESIONES QUE REQUIEREN TITULO PARA SU EJERCICIO CAPITULO III.DEL TITULO PROFESIONAL. SECCION I. De las condiciones para obtener un Título Profesional.SECCION II. De la Expedición de Títulos Profesionales. SECCION III. De los Títulos expedidos fuera del Estado de Nuevo León. CAPITULO IV.DE LA CEDULA PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL. CAPITULO V.DEL EJERCICIO PROFESIONAL. CAPITULO VI.“DE LOS PASANTES”. CAPITULO VII.“DE LOS PRACTICOS”.
Compilación Legislativa del Estado de Nuevo León Secretaría General de Gobierno, Coordinación de Asuntos Jurídicos yNormatividad Página 2 de 27
1
1
4
4
5
5
6
6
9
9
CAPITULO VIII.“DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE INDOLE SOCIAL”. CAPITULO IX.DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES.
10
11 Pág.
CAPITULO X.DEL DEPARTAMENTO DE PROFESIONES DEL ESTADO. CAPITULO XI.DE LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL. TRANSITORIOS.REFORMAS.-
15
16 19 20
Compilación Legislativa del Estado de NuevoLeón Secretaría General de Gobierno, Coordinación de Asuntos Jurídicos y Normatividad Página 3 de 27
LEY DE PROFESIONES DEL ESTADO DE NUEVO LEON CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1o.- Esta Ley es de orden público e interés social, sus disposiciones regirán en el Estado de Nuevo León y tiene por objeto determinar las profesiones que necesitan título para su ejercicio; los requisitos paraexpedirlos; las condiciones que deberán llenarse para obtenerlos; y los lineamientos generales sobre ejercicio profesional, proveyendo que el mismo se preste a la población con un alto contenido ético. ARTICULO 2o.- Para los efectos del artículo anterior, cuando exista conflicto entre los intereses individuales de los profesionales y los de la sociedad, sin que haya precepto expreso pararesolverlo, la decisión que se adopte tendrá como prevalentes los intereses de la sociedad. ARTICULO 3o.- Cuando determinados aspectos relacionados con alguna rama o especialidad profesional no se encuentren regulados en esta Ley, pero sí en una diversa Ley local, se aplicará esta última. ARTICULO 4o.- Las autoridades y los particulares están obligados a proporcionar al Departamento de Profesiones delEstado, los datos y documentos que se soliciten con relación al cumplimiento de esta Ley. CAPITULO II DE LAS PROFESIONES QUE REQUIEREN TITULO PARA SU EJERCICIO ARTICULO 5o.- Las profesiones que necesitan título para su ejercicio, además de las que se impartan o se lleguen a impartir por las instituciones universitarias y de enseñanza superior l galmente autorizadas en el Estado, que e sean...
Regístrate para leer el documento completo.