Desarrollo Del Debate
“Artículo 81. Advertencias preliminares. Al iniciar la audiencia oral, el juez explicara al sindicado, con palabras sencillas y claras, (intimación), el objeto y forma enque se desarrollara el acto procesal. De la misma manera le informará los derechos fundamentales que le asisten y le advertirá también que puede abstenerse de declarar y que tal decisión no podrá serutilizada en su perjuicio. Asimismo, le pedirá que proporcione su nombre completo, edad, estado civil, profesión u oficio, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, lugar de residencia ysi fuera el caso, nombre del cónyuge e hijos y las personas con quienes vive, de las cuales depende o están bajo su guarda. (Artículo 72, identificación, si se negare a proporcionar estos datos seprocederá a la identificación por medio de testigos u otros medios). En las declaraciones que preste el sindicado durante el procedimiento preparatorio, el juez deberá instruirle acerca de que puedeexigir la presencia de su defensor y consultar con él la actitud a asumir, antes de comenzar la declaración sobre el hecho”.
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA.
Artículo 3. Se reforma el artículo 82 del códigoprocesal penal, Decreto Número 51-92 del Congreso de la República y sus reformas, el cual queda así: “Artículo 82 Desarrollo. La audiencia se desarrollará de conformidad con lo siguiente:
1. Eljuez concederá la palabra al fiscal para que, intime (IMPUTE: DECIRLE QUE EL DÍA X, A LA HORA, X HIZO TAL O CUAL ACCIÓN, QUE ES UN DELITO QUE ES PENADO POR LA LEY, Y QUE DE TAL DELITO O ACCIÓN SE TIENERECABADOS LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN XX ) los hechos al sindicado, con todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar, su calificación jurídica provisional, disposiciones legales aplicables, ydescripción de los elementos de convicción existentes.
2. Si el sindicado acepto declarar, el juez le dará el tiempo para que lo haga libremente.
3. Después de declarar, el sindicado puede ser...
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