Descuentos en mesadas pensionales
1.) ¿Para que se hace el descuento sobre la mesad pensional?
Para las cuotas o la totalidad de los créditos o deudas que contraen los pensionados en favor desu organización gremial, Fondos de Empleados y de las Cooperativas, así como las cuotas a favor de las Cajas de Compensación Familiar para efectos de la afiliación y de las cuotas mensuales por esteconcepto, con lo establecido en las Leyes 71 y 79 de 1988.
2.) ¿Quien autoriza los descuentos de la mesada pensional?
El pensionado mediante una autorización expresa y escrita
3.) ¿Quien realiza eldescuento?
La administradora de pensiones o institución que pague pensiones.
4.) ¿Que descuentos no están autorizados?
Las instituciones pagadoras de pensiones no están obligadas a realizar otrodescuento diferente a los autorizados por la ley y los reglamentados por el presente decreto, salvo aceptación de la misma institución. De conformidad con los artículos 50 y 142 de la Ley 100 de 1993,los descuentos no podrán efectuarse sobre las mesadas adicionales.
5. ¿Que requisitos y documentos debo presentar para que procedan los descuentos?
Presentación de la autorizaciónexpresa y escrita del pensionado.
Si el descuento es a favor de las asociaciones de pensionados, deberá acreditarse la vigencia de su personería jurídica y la representación legal, mediantecertificado expedido por la cámara de comercio o autoridad competente. Además deberá acreditar la calidad de asociado del pensionado a la fecha de contraer la deuda.
Si el descuento se hace afavor de las Cooperativas o Fondos de Empleados, deberá acreditarse la vigencia de su personería jurídica y la representación legal, mediante certificado de cámara y comercio o expedido por autoridadcompetente.
Se debe anexar copia del título valor o un documento en original suscrito por el pensionado donde conste la deuda.
Adicionalmente, se deberá acreditar la calidad...
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