Desistimiento Parcial
I. Tratándose de mercancías de procedencia extranjera que se encuentren en depósito ante la aduana que no vayan a ser importadas, o del desistimiento para destinar mercancías a unrégimen aduanero distinto, se deberá presentar el pedimento correspondiente, anexando copias del pedimento original de importación correspondientes al transportista y al importador o, en su caso, la guíaaérea, conocimiento de embarque o carta de porte y la factura o documento que exprese el valor comercial de las mercancías.
En el caso de desistimiento del régimen de exportación, no será necesariocumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias a que se encuentren sujetas las mercancías a la importación, siempre que las mismas no hayan salido del territorio nacional de conformidad conel artículo 93, segundo párrafo de la Ley. Asimismo, se podrá efectuar el desistimiento parcial, presentando el pedimento de desistimiento y posteriormente la rectificación por las cantidadesefectivamente exportadas en términos del artículo 89, primer párrafo de la Ley.
En el pedimento de desistimiento, se deberá asentar el identificador correspondiente, así como efectuar el pago de la cuotamínima del DTA, establecida en la fracción IV, del artículo 49 de la LFD. Tratándose del desistimiento de la exportación de mercancías que se hubieran importado conforme al artículo 86 de la Ley, ademásse deberá anexar copia simple de la constancia de depósito en cuenta aduanera.
II. Tratándose de mercancías de procedencia nacional que se encuentren en depósito ante la aduana que no vayan a serexportadas, o de mercancías extranjeras de origen animal, perecederas o de fácil descomposición, que se encuentren en depósito ante la aduana, procederá su retiro de la aduana o su retorno, según...
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