Deslnde jurisdiccional
El pluralismo jurídico en la nueva Constitución Política del Estado se expresa en un Sistema JurídicoConstitucional (SJC) que está integrado por dos subsistemas: i) el Subsistema Jurídico Republicano (SJR) y el Subsistema Jurídico Indígena Originario Campesino (SJIOC).
El pluralismo jurídico no sólo semanifiesta a través de una diversidad de jurisdicciones sino también de derechos aplicables; es decir que dentro de la unidad jurídica de la Constitución existen diversas fuentes de producción normativay diferentes jurisdicciones encargadas de la aplicación de estas normas.
El Subsistema Jurídico Republicano (SJR) tiene un fundamento universal porque se aplica a todos los habitantes del Estadopor la única razón de encontrarse en su territorio, sin distinciones de ninguna naturaleza; en cambio, el Subsistema Jurídico Indígena Originario Campesino (SJIOC) tiene fundamento particular porqueúnicamente se aplica en los territorios y a los miembros de aquellas naciones y pueblos en cuyas comunidades se forma y produce este derecho consuetudinario y cuyas autoridades naturales están encargadasde su aplicación.
El elemento determinante de la separación entre los dos subsistemas es el jurisdiccional, según el principio del “jus fori”, cada juez dentro del ámbito de su jurisdicción ycompetencia aplica su propio derecho; por lo tanto, la jurisdicción y competencia determina el derecho aplicable y no a la inversa.
Conforman el Subsistema Jurídico Republicano (SJR) lasjurisdicciones Constitucional, Agroambiental, Ordinaria y Especiales. Conforman el Subsistema Jurídico Indígena Originario Campesino (SJOC) las jurisdicciones de las naciones y pueblos indígena originario...
Regístrate para leer el documento completo.