Desmedro

Páginas: 6 (1289 palabras) Publicado: 6 de julio de 2011
SUMILLA:

1. Para que proceda la deducción de los desmedros deben ser acreditados con la destrucción de los bienes, según el procedimiento establecido en el inciso c) del artículo 21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. A la fecha, no existe norma jurídica alguna que haya aprobado un procedimiento distinto al señalado.

2. Tratándose de bienes que habiendo sufrido una pérdidacualitativa e irrecuperable, haciéndolos inutilizables para los fines a los que estaban destinados, son enajenados por el contribuyente, en aplicación del artículo 20° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, el costo de estos bienes podrá ser deducido.

3. No existe la obligación de reintegrar el crédito fiscal en los casos de bienes que hayan sufrido desmedros pero que hayan sido enajenadosporque no se habría producido los supuestos contemplados en el artículo 22° del TUO de la Ley del IGV e ISC.



INFORME N° 290-2003-SUNAT/2B0000



MATERIA:

Se formulan las siguientes consultas:

Para que proceda la deducción de la utilidad tributaria de los desmedros sean económicos o físicos, ¿deberán ser destruidos como lo establece el inciso c) del artículo 21° del Reglamento delImpuesto a la Renta?.


¿Existe algún procedimiento alternativo o complementario al señalado por el inciso c) del artículo 21° del Reglamento del Impuesto a la Renta, para permitir la deducción de la utilidad tributaria de los desmedros, sean físicos o económicos?.


¿Se permitiría deducir el costo de las existencias o productos terminados en calidad de desmedros, si éstos últimos fueranvendidos (desmedros no destruidos) a su valor neto realizable?. Asimismo, ¿procedería reintegrar el crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas?.

BASE LEGAL:

- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-99-EF (publicado el 14.4.1999), y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta).

- Reglamento de la Leydel Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF (publicado el 21.9.1994) y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta).

- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 055-99-EF (publicado el 15.4.1999), y normas modificatorias (en adelante, TUOde la Ley del IGV e ISC).

- Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 029-94-EF (publicado el 29.3.1994), cuyo Título I fue sustituido por el Decreto Supremo N° 136-96-EF (publicado el 31.12.1996), y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley del IGV e ISC).

III. ANÁLISIS:

El inciso f) delartículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, señala que a fin de establecer la renta neta de tercera categoría, se deducirá de la renta bruta las depreciaciones por desgaste u obsolescencia de los bienes del activo fijo y las mermas y desmedros de existencias debidamente acreditados.

A su vez, el inciso c) del artículo 21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, señala que seentiende por desmedro a la pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables a los fines a los que estaban destinados.

Asimismo, el referido inciso señala que, tratándose de desmedros de existencias, la SUNAT aceptará como prueba la destrucción de las existencias efectuadas ante el Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquél, siempre que comuniquepreviamente a la SUNAT en un plazo no menor a 6 días hábiles anteriores a la fecha en que se llevará a cabo la destrucción de los mencionados bienes. Dicha entidad podrá designar a un funcionario para presenciar tal acto; también podrá establecer procedimientos alternativos o complementarios a los indicados, tomando en consideración la naturaleza de las existencias o la actividad de la empresa....
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