detalles

Páginas: 25 (6235 palabras) Publicado: 3 de noviembre de 2015
Número:
Año:
ASAMBLEA LEGISLATIVA
REPÚBLICA DE PANAMÁ
Tipo de Norma:
Referencia:
Titulo:
LEY
47
1979
LEGISPAN
Fecha(dd-mm-aaaa):
20-11-1979
POR LA CUAL SE ESTABLECE LA POLITICA SALARIAL PARA TODOS LOS EDUCADORES QUE
LABORAN EN EL MINISTERIO DE EDUCACION Y SE DICTAN OTRAS MEDIDAS
RELACIONADAS CON DICHA POLITICA.
Dictada por: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Gaceta Oficial:19011
Rama del Derecho:
Palabras Claves:
Publicada el: 15-02-1980
DER. ADMINISTRATIVO
Beneficios del trabajador, Educación,
Salarios, Empleados públicos
2463
Páginas: 32 Tamaño en Mb: 6.172
Rollo: Posición:
20
G.O. 19011
LEY 47
(de 20 de noviembre de 1979)
Por la cual se establece la Política Salarial para todos los
Educadores que laboran en el Ministerio de Educación y se
dictanotras medidas relacionadas con dicha Política.
EL CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DECRETA:
Artículo 1. El personal que imparte enseñanza, o dirige, u organiza o supervisa
en instituciones educativas oficiales bajo la dependencia del Ministerio de
Educación, tendrá la denominación común de "Educador" y estará sujeto a la
clasificación y remuneración que establece esta Ley.

Artículo2. La remuneración mensual del Educador en servicio activo estará
integrada por:
a. el sueldo base del grado correspondiente al cargo en el cual esté
clasificado de conformidad con la condición del nombramiento ;
b. los sobresueldos ya adquiridos;
c. los sobresueldos que posteriormente se obtengan con base a la presente
Ley;
d. las compensaciones adicionales legalmente establecidas;y
e. los aumentos de sueldo que otorgue el Gobierno Nacional.
Capítulo 3. La Escala de Sueldo del Educador constará de veintidós (22) grados,
de conformidad con los estudios realizados (títulos), funciones, responsabilidades
y esfuerzos inherentes al cargo.
A cada grado corresponde el Sueldo Base mensual, de conformidad con la
condición de su nombramiento, así:
GRADO PORBATORIO OINTERINO PERMANENTE
A 201.00 224.00
B 212.50 245.00
C 265.50 270.00
D 270.00 290.00
E 290.00 310.00
F 290.00 310.00
G 330.00 330.00
H 310.00 350.00
I 310.00 350.00
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O. 19011
J 310.00 350.00
K 370.00 370.00
L 345.00 410.00
M 345.00 410.00
N 370.00 450.00
Ñ 370.00 450.00
O 410.00 490.00
P 410.00 490.00
Q 420.00 530.00
R 445.00570.00
S 520.00 620.00
T 545.00 670.00
U 570.00 720.00
Parágrafo: Los sueldos bases señalados en este artículo contemplan el
aumento de Cuarenta Balboas (B/.40.00) mensuales hecho efectivo a partir del 1°
de enero de 1979.
Artículo 4. El Sueldo Base Mensual indicado en el Artículo 3 de esta Ley, será
aumentado en Diez Balboas (B/.I0.00) a partir del 1º de enero de 1980 y en Diez
Balboas(B/I0.00) a partir del 1 º de julio de 1980.
A partir del 1° de enero de 1981, los Educadores clasificados del Grado A al
Grado K, recibirán un aumento de Quince Balboas (B/.15.00) y los clasificados del
Grado L al Grado U, un aumento de Diez Balboas (B/.10.00).
Artículo 5. En ningún caso, la aplicación de la presente Ley, producirá rebaja en
el Sueldo Base devengado, mientras el Educadorse mantenga en el mismo cargo
y condición de nombramiento.
Artículo 6. La clasificación de los Educadores será la siguiente:
GRADO A
EDUCADOR A-1: Maestro de Asignatura Especial en escuela primaria, en
Básica General o en Alfabetización y Educación de
Adultos, con título de Educación Media en la
especialidad.
GRADO B
EDUCADOR B-1: Maestro de Grado en Escuela primaria, enBásica
General o en Alfabetización y Educación de Adultos,
con título de Maestro de Enseñanza Primaria.

ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
G.O. 19011
GRADO C
EDUCADORC-1: Maestro-Director, con grado a su cargo (Director de
Escuela Primaria de 4ª. Categoría, 5 a 7 maestros de
grado), con título de Maestro de Enseñanza Primaria
GRADO D
EDUCADOR D-1: Professor de Escuela...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Detalles
  • detalle
  • Detalles
  • detalle
  • Detalles
  • detalles
  • Detalles
  • detalle

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS