DETERMINACION DEL IMPUESTO
Art. 22.- Sistemas de determinación.- La determinación del impuesto a la renta se efectuará por declaración del sujeto pasivo, por actuación delsujeto activo, o de modo mixto.
Art. 23.- Determinación por la administración
La administración efectuará las determinaciones directa o presuntiva referidas en el CódigoTributario, en los casos en que fuere procedente.
Diferencias
La determinación directa se hará en base a la contabilidad del sujeto pasivo, así como sobre la base de los documentos,datos, informes que se obtengan de los responsables o de terceros, siempre que con tales fuentes de información sea posible llegar a conclusiones más o menos exactas de la rentapercibida por el sujeto pasivo.
La determinación presuntiva se hará cuando el sujeto pasivo no hubiese presentado su declaración y no mantenga contabilidad o, cuando habiendopresentado la misma no estuviese respaldada en la contabilidad o cuando por causas debidamente demostradas que afecten sustancialmente los resultados, especialmente las que sedetallan a continuación, no sea posible efectuar la determinación directa:
1.- Mercaderías en existencia sin el respaldo de documentos de adquisición;
2.- No haberseregistrado en la contabilidad facturas de compras o de ventas;
3.- Diferencias físicas en los inventarios de mercaderías que no sean satisfactoriamente justificadas; y,
4.- Cuentasbancarias no registradas.
Semejanza
Cuando el sujeto pasivo tuviere más de una actividad económica, la Administración Tributaria podrá aplicar al mismo tiempo las formas dedeterminación directa y presuntiva debiendo, una vez determinadas todas las fuentes, consolidar las bases imponibles y aplicar el impuesto correspondiente a la renta global.
Regístrate para leer el documento completo.