Determinaciones

Páginas: 25 (6161 palabras) Publicado: 15 de noviembre de 2010
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HOMICIDIO CALIFICADO
(ASESINATO)

INTEGRANTES:

BARZOLA CHAVEZ, MARGOT.
FAUSTOR CHINCHAY, ROBERTO.

DOCENTE:

PEREZ JORGE

CURSO:

DERECHO PENAL II

ESCUELA:

DERECHO

CICLO:
V

2010

DEDICATORIA:
El presente trabajo monográfico se lo dedicamos a nuestros maestros de derecho, que nos imparten conocimientos para que nosdesarrollemos como buenos profesionales.

ÍNDICE.
Introducción.
1. Capítulo I: Tipicidad Objetiva.
A. Por ferocidad

B. Por lucro.

C. Por placer

D. Por facilitar otro delito.

E. Por ocultar otro delito.

F. Con gran crueldad.

G. Con alevosía.

H. Por fuego.

I. Por explosión.

J. Por veneno.

K. Otros medios capaces de poner en peligrola vida o la salud de otras personas.

L. Si la víctima cumple función especial.

2. Capítulo II: Bien Jurídico Tutelado, Sujeto Activo y Sujeto Pasivo
A. Bien Jurídico Tutelado.

B. Sujeto Activo.

C. Sujeto Pasivo.

3. .Capítulo III: Tipicidad Subjetiva
4. Capítulo IV: Antijurícidad y Culpabilidad.
A. Antijuricidad.

B. Culpabilidad.

5. Capítulo V:Consumación, Tentativa y Penalidad

A. Consumación.

B. Tentativa.

C. Penalidad.

6. Capítulo VI: Conclusiones.

7. Bibliografía y Anexos.

INTRODUCCIÓN.

El contenido del original artículo 108 del Código Penal, fue modificado por el Decreto Legislativo Nº896 del 24 de mayo de 1998 que elevó el mínimo de pena a los asesinos de quince a veinticinco años y agregó enel primer inciso la agravante el matar “por placer” y también trasladó a la modalidad “por veneno” del inciso 3 al inciso 4 originando un cambio en el concepto de esta modalidad delictiva. Luego, por Ley Nº 27472 del 05 de junio de 2001 se volvió al texto original en cuanto al margen del mínimo de pena, pero el agregado en el primer inciso de la modalidad del matar “por placer” no se ha modificado,igual ha ocurrido con el cambio de ubicación de la modalidad del matar “por veneno”, la cual se ha quedado en el inciso 4, es decir, como explicaremos más adelante, actualmente para configurarse el asesinato “por veneno”, el actuar del agente además debe poner en peligro la vida o salud de otras personas. Si no hay peligro para otras personas el uso del veneno en forma furtiva para eliminar a unapersona no constituye esta modalidad homicida. Finalmente, en el entendido errado de nuestro legislador que el derecho penal resuelve todos los problemas, el 17 de agosto de 2006 se publicó la Ley Nº 288878 por la cual de las modalidades de asesinato ya existentes se agregó otra calificante. Así, desde el 17 de agosto de 2006 el artículo 108 del Código Penal tiene el siguiente contenido:Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años el que mate a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes:

1. Por ferocidad, por lucro o por placer;
2. Para facilitar u ocultar otro delito;
3. Con gran crueldad o alevosía;
4. Por fuego, explosión, veneno o por cualquier otro medio capaz de poner en peligro la vida o salud de otras personas;5. Si la víctima es miembro de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas, Magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público, en el cumplimiento de sus funciones.

CAPÍTULO I

TIPICIDAD OBJETIVA.

El hecho punible denominado asesinato se configura cuando el sujete activo da muerte a su víctima concurriendo en su accionar las circunstancias debidamente previstas yenumeradas en el artículo 108 del Código Penal. No obstante, se entiende que no es necesaria la concurrencia de dos o más de las características descritas para perfeccionarse aquel ilícito pena, sino con la sola verificación de una de ellas aparece el delito.

Teniendo en cuenta que las circunstancias especiales que caracterizan al asesinato se refiere a medios peligrosos o revelan una especial...
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