Dialnet ElPrincipioDeIgualdadMaterialEnLaJurisprudenciaDel 27265

Páginas: 42 (10441 palabras) Publicado: 22 de octubre de 2015
EL PRINCIPIO DE IGUALDAD MATERIAL
EN LA JURISPRUDENCIA
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Por ENCARNACIÓN CARMONA CUENCA

SUMARIO
I. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD FORMAL: 1. La clásica igualdad ante la ley. 2. La igualdad
como límite frente al legislador.—II. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD MATERIAL:
1. Significado. 2. En la Constitución italiana de 1947. 3. En la Constitución española
de 1978 y la jurisprudenciaconstitucional. 4. Interpretación doctrinal.

Tradicionalmente se viene distinguiendo entre un principio de igualdad «formal», o igualdad ante la ley, y un principio de igualdad «material» o real. El primero de ellos —el principio de igualdad formal— constituye un postulado fundamental del Estado liberal de Derecho y fue enunciado por Leibholz como el
reconocimiento de la identidad del estatutojurídico de todos los ciudadanos, lo que
implica la garantía de la paridad de trato en la legislación y en la aplicación del Derecho (1). A su vez, el principio de igualdad material viene siendo entendido como una
reinterpretación de la igualdad formal en el Estado social de Derecho que, teniendo
en cuenta la posición social real en que se encuentran los ciudadanos, tiende a una
equiparación real yefectiva de los mismos (2).
Desde este punto de vista, se viene considerando que nuestra Constitución consagra el principio de igualdad formal en el artículo 14, mientras que la igualdad
(1) G. LEIBHOLZ: Die Gleichheit vor dem Gesetz, Munich-Berlín, C. H. Beck (primera edición,
1925), 1959, pág. 16.
(2) H. HELLER: «Las ideas socialistas», en el volumen seleccionado y prologado por A. LÓPEZ PINA:Escritos políticos, Madrid, Alianza, pág. 322. K. Hesse utiliza los conceptos de «igualdad formal» e
«igualdad material» para referirse a la igualdad en la aplicación del Derecho e igualdad como límite frente al legislador, respectivamente. Así, dice: «El principio general de igualdad como igualdad ante la ley
impone el cumplimiento del Derecho vigente sin excepciones ni acepción de personas. Ademásestablece el principio de igualdad jurídica material, al que está vinculado el legislador (art. 1.3 LF): se ha de tratar igualmente lo que es esencialmente igual, lo que es esencialmente desigual se ha de tratar desigualmente» (K. HESSE: «Bestand und Bedeutung der Grundrechte», en BENDA-MAIHOFFER-VOGEL: Handbuch
des Verfassungsrecht, vol. I, Berlín-Nueva York, Walter de Gruyter, 1984, pág. 87.Vid. también
K. HESSE: «Der Gleichheitsgrundsatz im Staatsrecht», en Archiv des óffenllichen Recht, vol. 77 (1951 -1952).

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Revista de Estudios Políticos (Nueva Época)
Núm. S4. Abril-Junio 1994

ENCARNACIÓN CARMONA CUENCA

material aparecería reconocida en el artículo 9.2. Pues bien, el objeto de este trabajo es el estudio de la jurisprudencia constitucional sobre el artículo 9.2 o, en general,sobre el llamado «principio de igualdad material» (3). Aludiremos a las líneas
fundamentales de interpretación de esta cláusula por el Tribunal Constitucional, así
como a las distintas propuestas doctrinales para entender correctamente el mencionado artículo 9.2 de nuestra Constitución (4). Pero antes conviene hacer una referencia, aunque sea breve, al principio de igualdad formal o ante la ley.I.

EL PRINCIPIO DE IGUALDAD FORMAL

1. La clásica igualdad ante la ley
Este principio asumió una importancia decisiva en la revolución burguesa del
siglo XVIII, que se propuso, entre sus principales objetivos, terminar con el sistema
de inmunidades y privilegios propios del mundo feudal (5). En esta formulación burguesa, el principio de igualdad se orienta a la garantía de igualdad de trato atodos
los destinatarios de la norma jurídica y la ausencia de todo privilegio en materia de
jurisdicción e impuestos (6).
En la época liberal, la igualdad ante la ley viene a significar poco más que un
carácter del mandato legal, la generalidad e impersonalidad en la delimitación de los
supuestos de su aplicación. Igualdad se identifica con generalidad de la ley, lo que
supone que todos se someten...
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