Dialnet ElSecretoProfesionalEnElProyectoDeCodigoPenal 46173

Páginas: 31 (7730 palabras) Publicado: 20 de agosto de 2015
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El secreto profesional en el proyecto
de Codigo penal`
MIGUEL BAJO FERNANDEZ

SUMARIO : I. Delimitacidn del terra .-II . Sentido del precepto como crite-rio delimitador del concepto de profesionah 1 . Motivacidn politico-criminal del precepto . 2. Bien juridico protegido .-III . Concepto deprofesion ..

I.

Delimitacidn del terra.

EL Codigo penal vigente no castiga la revelaci6n del secreto
profesional como delito especifico . La revelaci6n que el profesional realice de los secretos de su cliente, solo resulta punible en los supuestos de prevaricacion de abogado o procurador
de los articulos 360 y 361 o si la conducta fuese cometida mediante
alguna de las modalidades descritas en elarticulo 497 (apoderamiento de papeles o cartas) (1) . Dado que el profesional no puede
ser considerado «administrador, dependiente o criado» de su cliente, como exige el articulo 498 para ser sujeto activo de la revelaci6n
de secretos, hay que reconocer la existencia de una laguna en nues-tro Codigo penal vigente, laguna que ha sido denunciada por la
doctrina en to que respecta, principalmente, alsecreto medico (2) ..
Este trabajo es parte de otro mas amplio realizado con ayuda del
Fondo para la Investigacidn Econ6mica y Social de la Confederaci6n Espanola de Cajas de Ahorros .
(1) El Cddigo penal vigente se refiere expresamente a los siguientes
supuestos de secreto : traicidn en el articulo 122,6 ; prevaricacidn de Abogado .
y Procurador en el articulo 360 ; violacidn de secretos porparte del funcionario en los articulos 367 y 368; y ]as normas generales para particulares .
de los articulos 497, 498 y 499 .
El Proyecto de Cddigo penal de 1980 castiga como traicion la revelaci6n
de secretos politicos o militares en el articulo 636 ; como prevaricaci6n la .
revelacion del Abogado o Procurador de los secretos del cliente en el articulo 504; la violation de secretos por parte delfuncionario en los articulos
466 a 470; y la revelaci6n de secretos por parte de los particulares en los
articulos 196 a 199.
(2) Vid. DfAz PALOs, El secreto medico, en Revista international de
Derecho comparado, 1958 ; DEL TORO MARZAL, Estudio penal sobre el secreto
medico, en ANUARIO DE DERECHO PENAL, 1961 ; ALAMILLO, El secreto medico,
profeslonal, en ANUARIO DE DERECHO PENAL, 1950.

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'596

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Miguel Bajo Ferndndez

Hay que tener en cuenta que el castigo de la revelacion del secreto
profesional es comun en el Derecho continental euroneo (3) .
Esta laguna se padece en nuestra legislacion penal desde que,
inexplicablemente, el C6digo penal de 1870 excluyera de suambito
,el delito derevelacion de secretos profesionales que, sin embargo,
se recogia en los Codigos de 1822 y 1848 (4) .
El. Proyecto de Ley de C6digo penal de 1980 .recoge la tradition
truncada en 1870 creando el delito de revelation de secretor por
parte del profesional en el ultimo parrafo del articulo 196 cuyo
tenor es el siguiente : « E1 profesional que revelare los secretos de
su cliente, de los que tuviereconocimiento por razon de su profesi6n u oficio, sera castigado con la pena de suspension de dicha
profesion u officio por tiempo de dos a cuatro anos» .
No peco de agorero si afirmo que este precepto va a plantear
problemas politico-criminales de envergadura sobre los que carecemos de tradition doctrinal y jurisprudencial . Uno de los problemas mas complejos es el que se refiere al propio sujeto activodel
delito . Determinar que sujetos quedan sometidos al deber penal
de sigilo no es solo una cuestidn de interpretation legal, como to
prueba el hecho de que trascienda a la opinion publica, y se discuta
con argumentaciones eticas, sociologicas o deontologicas, si determinados profesionales (per ejemplo, los periodistas) quedan o no
sujetos a dicho deber. La labor del investigador es sentar las...
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