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PODER DE DIRECCIÓN
Universidad de Córdoba
PODER DISCIPLINARIO, PROPORCIONALIDAD
Y DISCRECIONALIDAD EN LA IMPOSICIÓN
DE LAS SANCIONES
Sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha, de 7 de junio de 2005
CARMEN MORENO DE TORO*
SUPUESTO DE HECHO: Un trabajador hace un comentario en
presencia de otros, lo que genera una disputa entre compañerosde trabajo,
iniciada por la reacción violenta del que se siente aludido e insultado por aquel
comentario. La empresa sanciona al trabajador que sufre la provocación y que
reacciona violentamente, procediendo al despido del mismo. El trabajador que
provocó la reyerta no fue objeto de sanción de ningún tipo por parte de la
empresa.
RESUMEN: El trabajador despedido presenta demanda contra laempresa
en reclamación por despido. El Juzgado de Primera Instancia no considera
justificado el despido y, en consecuencia, lo declara improcedente. A continuación, la empresa recurre en suplicación. El Tribunal confirma la sentencia de 1ª
instancia.
*
Pfra. Titular de Universidad de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
TEMAS LABORALES núm. 101/2009. Págs. 255-265.
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Carmen Moreno de Toro
ÍNDICE
1.
APROXIMACIÓN A LA NOCIÓN DE PODER DISCIPLINARIO
2.
LA PROPORCIONALIDAD EN LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN
2.1. Las ofensas verbales o físicas
2.2. La incidencia de una previa provocación
3. LA DISCRECIONALIDAD EN LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN
4. EL FALLO DEL TRIBUNAL RECAÍDO EN SUPLICACIÓN
1. APROXIMACIÓN A LA NOCIÓN DE PODERDISCIPLINARIO
El poder disciplinario que permite al empresario imponer al trabajador
determinadas sanciones por las faltas cometidas durante la realización de su
prestación laboral es una facultad empresarial inherente a su poder de dirección
necesario para mantener el orden y el ritmo de trabajo en la empresa. El trabajador por cuenta ajena presta sus servicios en el ámbito de organización ydirección del empleador y ha de prestarlos cumpliendo las órdenes e instrucciones
del empresario como manifestación del ejercicio regular de su facultad de
dirección que se refuerza con la potestad sancionadora que le tiene reconocida
el ordenamiento jurídico.
Hay que situar la justificación y el nacimiento de este poder disciplinario en
el sistema de producción capitalista aplicado en las fábricas. Laconcentración
de un gran número de trabajadores en las mismas exigía una forma de control de
aquéllos que permitiera la consecución de los objetivos empresariales.
La difícil aplicación de los recursos ofrecidos por el Derecho Privado para
resarcir al empresario en caso de lesión a sus intereses por parte del trabajador
–piénsese en la resolución del contrato que conllevaría un grave perjuicio altrabajador o en la reparación del daño mediante indemnización, difícilmente
posible por la usual insolvencia del empleado–, desemboca en el reconocimiento y, a la vez, justificación de este poder disciplinario del empresario.
Como ha señalado Durán López, en consideración al interés del trabajador de
conservar su relación de trabajo, se reconoce al empresario la posibilidad de
imponer sanciones menosgraves que el despido1. Se genera de esta manera una
responsabilidad específica para el trabajador: la responsabilidad disciplinaria,
quedando sometido a una nueva exigencia de responsabilidad que se une a la
propia del Derecho Privado.
1 Vid. del autor, “Las garantías del cumplimiento de la prestación laboral: el poder disciplinario y la responsabilidad contractual del trabajador”. Revista dePolítica Social nº 123. 1979,
pg.13.
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Regulado en el art. 58 del ET, la amplia descripción de las conductas
sancionables contenida en las normas convencionales y en el mismo art. 54 del
ET al fijar...
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