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Tal como lo establece de manera casi literal el artículo 217 del Código de Procedimiento Penal, esta audiencia, es una diligenciaprocesal que le pertenece absoluta y exclusivamente al Fiscal, en nuestra legislación, el juez y el procesado están prácticamente en la obligación de escuchar todo lo que dice el fiscal para justificarla instrucción que está por iniciar, y para además, sin que el procesado pueda hacer casi ningún tipo de alegación contraria, solicitar las medidas cautelares que el fiscal decida, casi siempre la deprisión preventiva.
Una vez establecida la finalidad, procedo a hecr un análisis sencillo, pero que expone con claridad mi criterio sobre la desestructuración conceptual que sufre el sistemaacusatorio por evento de todas estas invenciones irresponsables del legislador, con las cuales se ha procurado “dar gusto” a la Fiscalía, dándole un poder que no debería tener y que hoy por hoy se ha salidode las manos del Estado.
El sistema Acusatorio tiene en su razón de ser, en su razón de existir, dos pilares fundamentales, y estos son el de la igualdad de armas y justamente el de laimparcialidad, pues a cargo de la Audiencia de Formulación de Cargos estos dos pilares han sido destrozados, tanto por el actuar de los fiscales como para la permanente omisión de jueces, en esta audiencia, sesomete al procesado a ser víctima de las imputaciones del fiscal, se le da la palabra únicamente para solicitar conversión o declararse culpable y conseguir un procedimiento abreviado.
Si estaAudiencia tiene alguna finalidad, a toda luz es inconstitucional y no puede sino ser una vergüenza para el Estado Constitucional que decimos ser.
Analice la Audiencia Preparatoria de Juicio y deFormulación de Dictamen.-
Como lo establece el artículo 224 del Código de Procedimiento Penal, esta audiencia procura revisar si existen asuntos de competencia, nulidad o procedibilidad, previo a pasar...
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