Diaz Cuatro
En atención al principio de supremacía constitucional, debemos partir de los principios rectores del proceso penal acusatorio incorporados en el art. 20 de la CPEUM en los términos siguientes:
ARTÍCULO 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá
por los principios de publicidad, contradicción, concentración,
continuidad e inmediación.
A. Delos principios generales:
El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los
hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede
impune y que los daños causados por el delito se reparen;
La protección del inocente parte de la presunción de que todas las personas son inocentes hasta que no se les demuestre
lo contrario, por lo cual una persona inocente siempre debe
sertratada como tal y debe gozar permanentemente de su libertad. En consecuencia, en un Estado social y democrático de
derecho la restricción de la libertad sólo puede proceder en
aquellos casos en que existen pruebas de que el sujeto ha cometido un delito. Por el contrario, si el Estado detiene a una
persona por simples sospechas o presunciones, entonces no la
estará tratando como a un inocentesino con la presunción de
que es un delincuente.
Así, para determinar la importancia de la protección de la libertad como criterio predominante en las actuaciones procesa33
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LAS LEYES DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL
les es necesario realizar un estudio sobre dicho derecho fundamental tanto en el entorno nacional como en el internacional,
y para ello se debe acudir a la doctrinade los mismos países
que tomó en cuenta el legislador local y federal y de algunos
otros que llevan muchas décadas aplicando el proceso penal
acusatorio. En este sentido, sustentaremos nuestra investigación en las leyes, doctrina y jurisprudencia de Alemania, Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, Honduras, España y Perú.
1. Como garantía constitucional
Las garantías constitucionales,entendidas como derechos
fundamentales del individuo reconocidos en la norma suprema,
implican el reconocimiento legal de aquellos principios básicos
para el ser humano, los cuales, por tanto, no podrán ser contravenidos por otras normas ni por actos de autoridad.31
En general, la libertad es “la cualidad inseparable de la persona humana consistente en la potestad que tiene de concebir
los fines yescogitar los medios respectivos que más le acomoden para el logro de su felicidad particular”.32 La libertad, por
tanto, tiene un espectro muy amplio tanto personal (por ejemplo, libertad ideológica) como social (por ejemplo, libertad de
asociación). A su vez, la libertad en su aspecto personal puede
abarcar tanto el ámbito subjetivo (por ejemplo, libertad de culto y libertad de expresión) comoobjetivo (libertad de trabajo);33
y es precisamente la garantía personal objetiva de libertad de
31 Sobre los diferentes conceptos de garantías tanto en su aspecto de derechos fundamentales como de medios procesales para hacerlos valer cfr. LARA
ESPINOZA, Saúl, op. cit., nota 14, esp. pp. 9-13.
32 BURGOA, Ignacio, Las garantías constitucionales, 22a. ed., México, Porrúa, 1989, p. 304.
33Ibidem, pp. 19-23 y 303-311.
LIBERTAD COMO DERECHO FUNDAMENTAL
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tránsito la que se interrumpe con la detención, la orden de
aprehensión, la prisión provisional o la condena.
La libertad de tránsito se encuentra prevista como garantía
constitucional en el art. 11 de la CPEUM sobre la base de una
facultad del ciudadano para poder desplazarse o movilizarse
sin ningún tipo decortapisas por el territorio nacional.34 En palabras de BURGOA,
...la libertad física del hombre, denominada comúnmente libertad personal o ambulatoria y que se traduce en la situación negativa de no estar impedido heteróneamente para movilizarse o
desplazarse según sus deseos, o sea, de no estar en cautiverio,
nuestra Constitución la asegura a través de diferentes disposiciones que consignan...
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