Dictamen fiscal
1. ¿Qué es un dictamen?
Es un juicio que se forma o emite sobre algo. Un término no usado en el lenguaje cotidiano, sino que está más asociado con el ámbito judicial y legislativo.
Informe emitido por perito en una determinada materia sobre asunto sometido a su consideración.
2. Menciona 5 tipos de Dictamen.
Estados Financieros General Contribuyentes autorizados para recibir donativos
Contribuyentes del Régimen Simplificado
Uniones de Crédito.
Dictamen por enajenación de acciones, el cual se deberá presentar en cuadernillo.
* Declaratorias para solicitud de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado.
* Dictamen por Perito Valuador
* Dictamen Pericial* Dictamen de Liquidación de Paraestatales
* Opcional
3. ¿Qué es el Programa de SIPRED?
Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED). Es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet
4. ¿Cuál es la fecha límite para presentar el Dictamen Fiscal y qué consecuencias tiene nopresentarlo?
En relación con los dictámenes fiscales del ejercicio 2009, el SAT ha considerado conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes para los dictámenes por dicho ejercicio, a fin de que puedan ser presentados a más tardar en la fecha establecida para cada uno de los grupos que integran el siguiente calendario.
LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVÍO DEL DICTAMEN________________________________________________________
De la A a la F Del 19 al 23 de Agosto de 2010
De la G a la O Del 24 al 26 de Agosto de 2010.
De la P a la Z y & Del 27 al 31 de Agosto de 2010
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Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 6 de Septiembre de2010.
CONSECUENCIAS.
Dictámenes extemporáneos que se tienen como no presentados, por disposición expresa del último párrafo del artículo 66 del RCFF, la presentación del dictamen fuera de los plazos autorizados.
En virtud de que al tenerse como no presentado el dictamen, se considerará que el contribuyente no hizo dictaminar sus estados financieros por CPR, y podrán iniciar sus facultades decomprobación directamente con el contribuyente, mediante revisión de gabinete o visita domiciliaria, en aquellos casos que lo consideren conveniente por tener antecedentes de presuntas irregularidades.
En términos de la fracción II del artículo 52-A del CFF, después de haberle requerido al CPR que formuló el dictamen, la exhibición de los papeles de trabajo de su auditoría y la información que seconsidere pertinente para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del contribuyente, se podrán iniciar las facultades de comprobación con el contribuyente, ya sea a través de una revisión de gabinete (mediante el requerimiento de la información y documentación que compruebe que cumplió con sus obligaciones fiscales) o de una visita domiciliaria, cuando se dé cualquiera de los cuatrosiguientes supuestos:
a) Después de haber recibido del CPR los documentos e informes que se le hayan solicitado, independientemente de que a juicio de las autoridades fiscalizadoras sean suficientes para conocer la situación fiscal del contribuyente y de que hayan sido presentados en tiempo, si con base en dichos documentos e informes se conocen indicios de posibles irregularidades, o bien, cuando endicha información no se tengan indicios de irregularidades, pero se tengan antecedentes conocidos con la aplicación, en su caso, del Módulo de Oficios de Requerimiento o con el Módulo de Revisión del Dictamen, que ameriten iniciar facultades de comprobación (gabinete o visita domiciliaria).
b) Cuando la información y documentación que presente el CPR a requerimiento de las autoridades...
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